Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales

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6359 recursos disponibles
  • Exclusión y admisión. No hay incumplimiento del PPT sino falta de acreditación de su cumplimiento. Principio de proporcionalidad. Antes de la exclusión, debió otorgarse plazo para acreditar que el producto ofertado cumplía con el requisito del PPT al tiempo de presentarse la oferta. Respecto a la admisión de la oferta del otro licitador, es medio válido de acreditación conforme al PCAP la ficha técnica y catálogos del producto. La superación del requisito técnico del PPT no supone su incumplimiento, sino una mejora. Estimación parcial.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 609/2025
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Estimación Parcial
  • Exclusión y admisión. No hay incumplimiento del PPT sino falta de acreditación de su cumplimiento. Principio de proporcionalidad. Antes de la exclusión, debió otorgarse plazo para acreditar que el producto ofertado cumplía con el requisito del PPT al tiempo de presentarse la oferta. Respecto a la admisión de la oferta del otro licitador, es medio válido de acreditación conforme al PCAP la ficha técnica y catálogos del producto. La superación del requisito técnico del PPT no supone su incumplimiento, sino una mejora. Estimación parcial.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 609/2025
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Estimación Parcial
  • Anuncio, pliegos, memoria justificativa y estudio de viabilidad. Legitimación de las entidades no licitadoras. La ausencia por parte del órgano de contratación de alegación alguna sobre parte del fondo del recurso que en cierta forma pudiese desvirtuar las denuncias vertidas en el escrito de impugnación sustrae a este Tribunal en su análisis de los argumentos de oposición al recurso. En el momento de la preparación y la licitación del contrato, los eventuales aumentos de costes laborales que puedan resultar de futuros convenios colectivos o de actualización de los mismos o de la fijación de un nuevo SMI por encima del determinado en los convenios colectivos vigentes, se incluyen dentro del riesgo y ventura propio de la ejecución de los contratos. Nivel de desglose del presupuesto base de licitación y, por ende, del valor estimado del contrato. Gastos generales de estructura. Revisión de precios. La ampliación del plazo de la concesión no se justifica, tal y como exige el artículo 29.6 de la LCSP, ni en la recuperación por parte de la entidad concesionaria de las inversiones realizadas, ni en la obtención por ella de un rendimiento sobre el capital invertido. Vulneración del apartado 4.c) del artículo 116 de la LCSP por ausencia absoluta de justificación o motivación en el expediente de la elección de los criterios de adjudicación, lo que imposibilita que se pueda analizar el resto de las cuestiones planteadas por la recurrente sobre los criterios de adjudicación impugnados, entre otras, la vinculación al objeto del contrato. Estimación parcial.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 596/2025
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Estimación Parcial
  • Acto de trámite cualificado. Cuantía. Inadmisión.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 623/2025
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Actos de trámites cualificados
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Acto de trámite cualificado:exclusión. Decreto 57/2020, de 22 de abril. LCSP Da 12ª y 15ª. 30 LPAC. Plazo de subsanación, cómputo.Desde el envío si la fecha publicación en la plataforma. Doctrina cómputo Resolución 211/2022, de 20 de abril. Desestimación

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso Recurso 618/2025
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Desestimación
  • Adjudicación. Ayuntamiento Granada. Incompetencia. Inadmisión.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 620/2025
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Pliegos. La cuestión controvertida, planteada desde un punto de vista formal como la infracción del artículo 100 de la LCSP por la ausencia de desglose de los costes en los documentos contractuales y en los pliegos de la presente contratación, versa en puridad sobre la falta de adecuación de los precios de licitación (máximos) de los medicamentos establecidos en el pliego a los precios de mercado, por considerar que son inferiores a los fijados para los medicamentos de forma oficial. Examen por el Tribunal a la luz de las consideraciones previas sobre el procedimiento administrativo de fijación de precios para los medicamentos financiables con cargo al Sistema Nacional de Salud (SNS). Análisis de la cuestión controvertida: infracción de los artículos  100.2 y 102.3 de la LCSP. Conclusiones del Tribunal: la exigencia legal de desglose de los costes impuesta por el artículo 100 de la LCSP en un acuerdo marco de suministro de medicamentos debe atemperarse a la propia especificidad del objeto, medicamentos cuyo precio está fijado de forma oficial conforme a la normativa de aplicación, pero la condición de precio intervenido -o fijado administrativamente- del medicamento per se no justifica que no figure en los pliegos impugnados, la explicación de los precios unitarios establecidos- en cuanto son inferiores a los precios máximos fijados- a los efectos de poder verificar la adecuación a los precios de mercado que exige la LCSP, así como, en su caso, la imposibilidad material de desglosar otro tipo de costes o conceptos. Estimación.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 597/2025
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Estimación
  • Pliegos. Documento para la adjudicación de contrato basado derivado de acuerdo marco con nueva licitación. Improcedencia de la admisión del recurso al amparo del artículo 50.1 b) de la LCSP: de la documentación aportada por el órgano de contratación se constata que la recurrente presentó su oferta a la invitación con antelación a la interposición del recurso especial, pudiendo hacerlo en plazo de ahí que se examine si pudiéramos encontrarnos ante una causa de nulidad de pleno derecho, única excepción a la aplicación del artículo antes referido, lo que se descarta. Resolución 9/2021, de 21 de enero del Tribunal. Examen de la legitimación ad causam de la recurrente respecto de los motivos de impugnación referidos a la infracción del principio de coherencia funcional (Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 293/2021, de 28 de diciembre, por el que se regula el proceso de integración del personal y medios materia-les de los consorcios sanitarios en el Servicio Andaluz de Salud), así como de los principios de igualdad, transparencia y eficiencia consagrados en los artículos 1 y 132 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y en el artículo 3 de la Ley 40/2015: se aprecia la falta de legitimación ya que la recurrente ejercita una acción en defensa de la legalidad exclusivamente, sin incidencia en su esfera jurídica de intereses, que no tiene cabida en el ámbito del recurso especial de acuerdo con el artículo 48 de la LCSP. A mayor abundamiento el recurso estaría abocado a su desestimación. Inadmisión.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 607/2025
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Pliegos. Ayuntamiento de Sevilla. Incompetencia. Inadmisión.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 619/2025
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Adjudicación. Recurso contra la exclusión y contra la indebida admisión de la entidad adjudicataria.Discrecionalidad. Posibilidad de corrección de la oferta: cuando el error sea claro y patente. Allanamiento del órgano de contratación Estimación.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 602/2025
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Estimación
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