Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Adjudicación. Allanamiento del órgano de contratación. Plan de igualdad no adaptado a la normativa en vigor ni inscrito en el REGCON. Requerimiento del PI con anterioridad a la formalización del contrato. La constatación del incumplimiento en esta fase final de la licitación hace innecesario ya un nuevo requerimiento para la aportación de una medida correctora que evite el efecto excluyente, por cuanto queda demostrado que la adjudicataria no ha cumplido con su obligación de disponer de un PI en los términos expuestos, ni al tiempo de finalización del plazo de presentación de ofertas, ni al tiempo de la perfección del contrato con la formalización. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 421/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. Allanamiento órgano de contratación. Infracción de las ofertas clasificadas en primer y segundo lugar de determinada prescripción técnica establecida en el PPT. Se aprecia la infracción. Los pliegos son ley entre las partes. Diferenciación entre el cumplimiento de las prescripciones técnicas y obligaciones que asume el adjudicatario, cuyo incumplimiento no puede presumirse ab initio. Consultas de las licitadoras al órgano de contratación, no previsión en el PCAP no pueden tener carácter vinculante, artículo 138.3 LCSP. Función revisora del Tribunal. Estimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 364/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. Extemporaneidad. Fondos europeos. Caso singular, el PCAP establece 10 días naturales 58 RD36/2020, sin embargo la notificación de la adjudicación establece 15 días hábiles. Extemporáneo en ambos casos. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 438/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónExclusión por no superar el umbral mínimo establecido en los pliegos. Solicitud de acceso al expediente conforme al artículo 52 de la LCSP, en concreto a los planos y a la memoria que forma parte de la oferta técnica de la adjudicataria: denegación. Aplicación de la doctrina del “Know how”: el Tribunal considera la confidencialidad de ese acervo del conocimiento que podría formar parte del know how de la empresa, y que la denegación de acceso al expediente y a esa documentación no generó una efectiva lesión del derecho de defensa puesto que la recurrente tuvo pleno conocimiento del informe técnico cuyo contenido cuestiona. Análisis del motivo de impugnación referido a la insuficiente motivación de la valoración respecto de los criterios sujetos a juicio de valor: doctrina de la discrecionalidad técnica de la Administración cuyo criterio técnico ha de prevalecer salvo que se acredite desviación de poder, arbitrariedad, error o falta de motivación. El Tribunal aprecia que la evaluación realizada efectivamente no se encuentra suficientemente motivada ya que, a pesar de la diferencia de puntuación existente, en el informe técnico falta una explicación de las singularidades de la evaluación realizada que permita justificar la diferencia de puntuación. Retroacción de actuaciones para que se efectúe una adecuada motivación que deberá reflejar la justificación de la puntuación otorgada a ambas empresas y si se ha producido el error al valorar en el criterio 1.1 aspectos de la oferta que podrían corresponder a aspectos a valorar en el criterio 1.2. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 383/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Estimación ParcialAdjudicación. La recurrente solicita la exclusión de la oferta de la adjudicataria al considerar indebida la subsanación de la oferta económica acordada por la mesa. No se aprecia. La valoración de los criterios sometidos a juicio de valor se considera correcta. Doctrina sobre la discrecionalidad técnica. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 404/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Acto no susceptible de recurso.GIAHSA-AQUALIA. Relacionado con recurso 85/2023, resolución 206/2023.Posibles actuaciones de hecho que no pueden ser objeto del recurso especial conforme al 44 LCSP.Multa. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 391/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Prohibición de contratar del artículo 71.1 d) de la LCSP. El plan de igualdad y su inscripción en el REGCON son de fecha anterior a la entrada en vigor del Real Decreto 901/2020. Falta de adaptación obligatoria del PI al Real Decreto. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 415/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. Cuantía. Contrato no susceptible de recurso. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 445/2023Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónExclusión .Ataca la adjudicación pero el recurso carece de contenido impugnatorio mínimo, alega flata de experiencia en un determinado centro de interpretación. Falta de legitimación: resoluciones 82/2017, de 28 de abril, 331/2018, de 27 de noviembre, 337/2018, de 30 de noviembre, 342/2018, de 11 de diciembre, 419/2019, de 13 de diciembre y 25/2020, de 30 de enero, se ha analizado el concepto de interés legítimo y por ende, la legitimación activa para la interposición del recurso especial o la reclamación en materia de contratación. En ellas se señalaba, con invocación de doctrina del Tribunal Supremo, que la legitimación activa comporta que la anulación del acto impugnado produzca de modo inmediato un efecto positivo (beneficio) o evitación de un efecto negativo (perjuicio) actual o futuro, pero cierto y presupone que la resolución administrativa pueda repercutir, directa o indirectamente, pero de modo efectivo y acreditado, es decir, no meramente hipotético, potencial y futuro, en la esfera jurídica de quien alega su legitimación. Falta de legitimación ad causam. Multa. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 442/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Alegación consistente en las dudas de la recurrente sobre la proposición económica de la entidad finalmente adjudicataria. Las dudas resultan razonables toda vez que la proposición económica de la adjudicataria no se ajusta completamente a lo exigido en el PCAP. No se puede extraer directamente el dato a valorar CPM que era exigido, es necesario realizar una operación en la que interviene un dato que no ha sido previamente certificado por el correspondiente soporte. Posibilidad de requerir aclaraciones sobre la oferta, siempre que la aclaración no suponga la modificación de la oferta inicial presentada. Principio de proporcionalidad. Procede la estimación parcial para que la entidad previamente adjudicataria presente un certificado del soporte en el que se confirme el dato ofertado. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 375/2023Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación Parcial
Paginación
- ‹ Anterior
- …
- 1
- ...
- 183
- 184
- 185
- ...
- 642
- …
- Siguiente ›