Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Pliegos. Presentación de ofertas durante el periodo de suspensión de la licitación. Discrecionalidad en la configuración del objeto del contrato. El órgano de contratación conocedor de las necesidades administrativas que demanda la Administración y el mejor modo de satisfacerlas es al que le corresponde configurar el objeto del contrato atendiendo a esos parámetros. Las razones esgrimidas en la memoria justificativa y en los pliegos resultan suficientes para que no se vulnere el artículo 126 de la LCSP en la medida que no se restringe injustificadamente la concurrencia, restricción que, por otro lado, tampoco llega a acreditar la recurrente. Carácter autónomo e independiente de los procedimientos de contratación respecto de otros anteriores, coetáneos o posteriores, aun cuando coincidan en objeto y sujeto, en el sentido de que las actuaciones seguidas y las vicisitudes acaecidas en los mismos no pueden influir en otras licitaciones presentes o futuras que se rigen por sus propios pliegos y demás documentos contractuales. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 416/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Contrato patrimonial: negocio jurídico excluido. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 469/2025Tipo de contrato: OtrosActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite no cualificado. Propuesta de exclusión. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 468/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite cualificado. Exclusión. El manual de usuario de Sirec, apartado 7.4. . NO se acredita el mal funcionamiento: el trámite de aclaración es un trámite reservado para casos muy concretos, que debe ser interpretado de forma restrictiva, al objeto de no vulnerar el principio de igualdad. La finalidad de este trámite es la de aclarar algún extremo sobre documentación previamente aportada y no, como en el presente supuesto, la de aportar una nueva documentación. No se hubiera tratado de una mera aclaración, sino de la efectiva acreditación; es decir, se trata de documentación nueva -para acreditar un requisito previo- inexistente antes de la cumplimentación del segundo requerimiento de la mesa, que excedería de lo que puede aportarse en cumplimiento del artículo 95 de la LCSP. Infundada la versión de la confusión que ha sufrido por un simple error material, que es ostensible la inexistencia de indefensión. En cuanto al plazo, que era insuficiente para localizar a los fisioterapeutas, se trata esa alegación ajena y al margen del procedimiento de licitación. Su atención, como causa de ampliación de plazo, además de no estar prevista, supondría ser discriminatorio y constituiría una infracción del principio de igualdad de trato a las partes. Multa. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 432/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Falta de legitimación: insuficiente contenido impugnatorio. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 463/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Comercializadora de energía no es poder adjudicador. No cabe recurso especial. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 464/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónAnuncio y pliegos. Cuantía: contrato no susceptible de recurso especial. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 453/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite cualificado: exclusión. Acto susceptible por el objeto pero no por la cuantía. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 497/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónPliego de prescripciones técnicas. Extemporaneidad. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso Recurso 462/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite no cualificado: acuerdo de aprobación de pliegos. Negocio jurídico patrimonial. Negocio jurídico excluido LCSP. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 459/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Inadmisión
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