Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Objetivos del Plan de Prevención

El Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se puede definir como el conjunto de previsiones que regulan y detallan todas aquellas acciones y políticas por parte de la Administración para integrar la actividad preventiva en todos los niveles de la organización de la Administración de Justicia.

El ámbito de aplicación del Plan de Prevención lo constituyen los centros de trabajo de las sedes judiciales, fiscales e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en los que desarrolla su trabajo el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Así, el Plan de Prevención se considera el eje central de la prevención de riesgos laborales de la Administración de Justicia, ya que en el mismo se establecen los procedimientos para llevar a cabo, entre otras, las siguientes actividades preventivas:

  1. Evaluación de riesgos. La Administración debe realizar y mantener actualizada la evaluación de los riesgos para la seguridad y salud del personal trabajador.
  2. Medidas preventivas. La Administración llevará a cabo aquellas medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar los riesgos que hayan sido detectados en las evaluaciones referidas en el párrafo anterior.
  3. Planes de emergencia y evacuación. La Administración elaborará para cada centro de trabajo un Plan de Emergencia y Evacuación, en el que se analicen las posibles situaciones de emergencia y se establezcan las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.
  4. Vigilancia de la salud. La Administración garantizará al personal trabajador la vigilancia periódica de su estado de salud, a través de los Centros de Prevención de Riesgos Laborales, en función de los riesgos inherentes al trabajo.
  5. Personas especialmente sensibles. Adaptación de los puestos de trabajo a las personas empleadas públicas especialmente sensibles.
  6. Protección a la maternidad. Adaptación de los puestos de trabajo para la protección a la maternidad.
  7. Formación del personal trabajador. La Administración debe garantizar que cada persona trabajadora reciba una formación suficiente y adecuada en materia preventiva.
  8. Información, consulta y participación del personal trabajador. La Administración debe informar al personal trabajador de los riesgos existentes en sus puestos de trabajo, las medidas preventivas necesarias y las medidas de emergencia y evacuación en el centro de trabajo.

Estructura del Plan de Prevención

El Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de Justicia se estructura según el siguiente contenido:

  • Plan de Prevención de Riesgos Laborales (pdf): cuerpo principal del plan en el que se establecen los objetivos, políticas y directrices generales para la prevención de riesgos en los centros de trabajo de la Administración de Justicia.
  • Anexo I. Relación de centros de trabajo (pdf):
    • Relación de centros de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía dependientes de la Junta de Andalucía.
    • Relación de centros de trabajo cuya titularidad corresponde a otras administraciones (Juzgados de Paz), en los que desempeñan su trabajo el personal al servicio de la Administración de Justicia.
  • Anexo II. Manual de Procedimientos (pdf): procedimientos para la gestión de la prevención de riesgos laborales de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Para la descarga del Plan de Prevención de Riesgos Laborales completo, en un único documento, pulsar en el siguiente enlace:

Documentación complementaria:

Servicio de Prevención de la Administración de Justicia

El Servicio de prevención de la Administración de Justicia en Andalucía es el conjunto de medios humanos y materiales propios de la Administración de la Junta de Andalucía necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de las personas trabajadoras, asesorando y asistiendo para ello a la Administración, al personal trabajador y a sus representantes y a los miembros de los Comités de Seguridad y Salud.

El Servicio de prevención está compuesto por una Unidad de Prevención en cada una de las ocho provincias, que presta su asesoramiento tanto a la Administración, como al personal funcionario y a los Delegados y Delegadas de Prevención; y por los Centros de Prevención de Riesgos Laborales en las respectivas provincias, con competencias en materia de vigilancia de la salud.

Delegados y Delegadas de Prevención

Los Delegados y Delegadas de Prevención de la Administración de Justicia son los representantes del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales en los centros de trabajo de las sedes judiciales, fiscales e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Son competencias de los Delegados y Delegadas de Prevención:

  • Colaborar con la dirección competente de la Administración en la mejora de la acción preventiva
  • Promover y fomentar la cooperación de las personas trabajadoras en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales
  • Ser consultados por la Administración, con carácter previo a su ejecución, acerca de las decisiones que puedan tener efectos sobre la seguridad y la salud del personal trabajador
  • Ejercer una labor de vigilancia y control en los centros de trabajo sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, para lo cual podrán realizar visitas a los lugares de trabajo y acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con las personas trabajadoras, de manera que no se altere el normal desarrollo del trabajo.

Órganos de representación: Comités de Seguridad y Salud

El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la Administración en materia de prevención de riesgos. El Comité estará formado por los Delegados y Delegadas de Prevención, de una parte, y por representantes de la Administración en número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra.

Existen los siguientes comités de seguridad y salud en el ámbito de la Administración de Justicia:

  • Comité Sectorial de Seguridad y Salud, con funciones, entre otras, de coordinación de los comités de seguridad y salud provinciales.
  • Un Comité de Seguridad y Salud en cada una de las ocho provincias.

Formación

En este apartado se realizarán las convocatorias de los cursos de formación en materia de prevención de riesgos laborales, homologados por el IAAP y organizados e impartidos por la Consejería.

Formación para los Delegados y Delegadas de Prevención

  • Formación especializada en Prevención de Riesgos Laborales para los Delegados y Delegadas de Prevención y otros representantes del personal trabajador de la Administración de Justicia

               [Convocatoria pendiente de publicación]

              [Convocatoria pendiente de publicación]

Normativa y documentación

Normativa básica

Normas Reglamentarias

Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Servicios de prevención

Documentación