Proyecto de Orden por la que se crean y regulan los "Premios de Innovación en Salud y Salud Digital de Andalucía"
Información general
El Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de sanidad. La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía establece la calidad, la equidad y la mejora continua como principios rectores del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Asimismo, el Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias atribuye a la Secretaría General de Investigación, Innovación y Salud Digital, el impulso de la innovación y la investigación en salud, y de la transformación digital en el ámbito sanitario.
Actualmente, no existe un instrumento reglamentario estable destinado a reconocer institucionalmente iniciativas innovadoras y de salud digital en el ámbito del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Esta carencia dificulta la visibilidad, consolidación y replicabilidad de proyectos innovadores desarrollados en dicho ámbito, así como de tecnologías y herramientas de transformación digital aplicadas a la salud.
La regulación mediante Orden de los Premios de Innovación en Salud y Salud Digital de Andalucía permitirá establecer un marco jurídico estable y homogéneo para el reconocimiento de iniciativas desarrolladas en estos ámbitos, contribuyendo al impulso de la Estrategia de Salud Digital y la Estrategia de Investigación e Innovación en Salud de Andalucía.
– Crear los Premios de Innovación en Salud y Salud Digital de Andalucía.
– Regular sus modalidades, requisitos y procedimiento de concesión.
– Establecer criterios objetivos de valoración, incluyendo aspectos relacionados con impacto, escalabilidad y madurez digital.
– Impulsar la visibilidad de iniciativas innovadoras en salud y de salud digital, fomentando la cultura de innovación y transformación digital en el sistema sanitario.
Se valoró la posibilidad de convocatorias periódicas sin regulación reglamentaria expresa. No obstante, se considera más adecuado establecer un desarrollo normativo mediante Orden, por razones de seguridad jurídica, estabilidad y continuidad institucional, especialmente relevante en el ámbito de la innovación y la salud digital.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus aportaciones sobre los aspectos planteados en esta ficha, durante el plazo de 20 días hábiles, a partir del día siguiente al de su publicación, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
consultas.previas.csc@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta