Proyecto de Orden por la que se establecen los criterios para la consideración de la consecución de la licencia social operativa en proyectos industriales, mineros y de energía en Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma
  • Acuerdo de 5 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento de las actuaciones previstas a desarrollar por la Consejería de Industria, Energía y Minas para fomentar la obtención de la Licencia Social Operativa en proyectos industriales, energéticos y mineros de Andalucía.
  • Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía.

 

Problemas que se pretenden solucionar

La aplicación de tecnologías eficientes para la producción, almacenamiento, distribución o uso de la energía, el desarrollo de la industria como actividad tractora en los territorios, así como de una minería responsable, como actividad dinámica e innovadora generadora de empleo de calidad, respetuosa con el medio ambiente, determinarán, en gran medida, el avance hacia la reorientación de la economía y de la sociedad de Andalucía que, afrontando grandes retos como el cambio climático, al mismo tiempo, puede transformar esos desafíos en oportunidades, poniendo las bases de un crecimiento sostenible a largo plazo.

Este camino implica el despliegue de tecnologías nuevas o poco conocidas o bien que implican un compromiso territorial, ambiental o paisajístico diferente al que tradicionalmente se viene requiriendo que aconseja una legitimidad social que va más allá de la legitimidad legal necesaria para su implantación.

En este sentido, es necesario el cumplimiento de la normativa europea, española y andaluza en materia de seguridad, urbanismo o protección del medio ambiente, que es enormemente garantista en un contexto de seguridad jurídica garantizada que protege a los bienes, las personas y el medio ambiente. De ello se ocupan los procesos para obtener la licencia legal, como condición necesaria para operar. No obstante, en ocasiones esta licencia legal requiere de una Licencia Social Operativa (LSO), que se fundamenta en la aceptación de la sociedad en relación con una determinada tecnología o ámbito de desarrollo económico y a su implantación en un entorno concreto, aspecto que igualmente puede llegar a condicionar la mejor implantación de esta, así como la consecución completa de los objetivos del modelo de crecimiento económico y social que se persigue.

En este sentido, la Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía, establece en su disposición adicional octava que la Consejería competente en materia de industria y energía, incluida la industria extractiva, invitará a los promotores de los proyectos industriales, mineros y de energía a la búsqueda de su aceptación pública mediante la participación directa e indirecta de las comunidades locales en dichos proyectos y otras actuaciones o iniciativas que conduzcan a tal finalidad.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La disposición adicional octava de la ley de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía establece que para cumplir lo establecido en el apartado anterior, en lo referente a las figuras incluidas en la referida ley, así como en otros proyectos considerados de especial impacto y relevancia social, la Consejería competente en materia de industria y energía establecerá reglamentariamente criterios para la consecución de la aceptación social, denominada licencia social operativa.

Adicionalmente a lo anterior, la referida Consejería promoverá, de acuerdo con la ley de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía, la colaboración con las entidades locales, y particularmente en los municipios adheridos a la iniciativa andaluza Red de Ciudades Industriales y Red de Municipios Mineros, así como con otras entidades y representantes de la sociedad civil, incluidos los agentes económicos y sociales más representativos de Andalucía.

Objetivos de la norma

Establecer los criterios para la consecución de la aceptación social, denominada licencia social operativa, en proyectos industriales, mineros y de energía en Andalucía, relacionados con las figuras incluidas en la referida ley, así como en otros proyectos considerados de especial impacto y relevancia social.

Posibles soluciones alternativas

Analizados los problemas que se pretenden solucionar, así como los objetivos específicos a alcanzar, se considera que el proyecto de orden que es objeto de consulta es la solución más efectiva, descartándose otras posibles alternativas, considerando que la ley de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía habilita a la Consejería competente en materia de industria a establecer los criterios para la consideración de la consecución de la licencia social operativa en proyectos industriales, mineros y de energía en Andalucía.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través de las siguientes direcciones de correo electrónico:

sge.ciem@juntadeandalucia 

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Industria, Energía y Minas

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