Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 114/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el impulso de la actividad económica, a través de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE)
Información general
Decreto 114/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el impulso de la actividad económica, a través de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
Eliminar restricciones autoimpuestas, no contempladas en la normativa de aplicación, relativas a la subvencionalidad de las inversiones en infraestructuras cinematográficas.
De acuerdo con el artículo 129.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el principio de necesidad exige que la iniciativa normativa debe estar justificada por una razón de interés general. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 120, de 21 de junio de 2024, se publica el Decreto 114/2024, de 18 de junio, mencionado. Advertida la inclusión por error de las letras k) en los apartados 5b), 1º, último párrafo, de los cuadros resúmenes de las líneas de subvenciones para proyectos de inversión de crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMEs (página 46837/53) y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía (página 46837/70), se considera necesario a fin de no alterar el sentido de la norma, su modificación, consistente en la eliminación de sendas letras k) de las referidas páginas de los cuadros-resúmenes.
1. Adecuar la aplicación del Decreto 114/2024, de 18 de junio, en lo relativo a las líneas de subvenciones para proyectos de crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMEs y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía, a lo reflejado en los artículos del Reglamento (UE) núm. 651/2014 que le son de aplicación. 2. Maximizar el alcance de las líneas de subvenciones publicadas, incluyendo como gastos subvencionables las inversiones en infraestructuras cinematográficas.
La opción de no modificar el Decreto 114/2014, dejaría fuera del alcance de las subvenciones las inversiones realizadas por un sector que figura entre los elegibles de las líneas. Analizados los cambios que se pretenden incluir en el Decreto, se ha considerado que lo procedente sería adoptar una actuación normativa. La forma jurídica de Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 21.3, 27.8 y 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, hace que la modificación del Decreto 114/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el impulso de la actividad económica, a través de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), haya de realizarse a través de una norma de igual rango normativo, esto es, un Decreto y no cabe otra opción de regulación material.
La ciudadanía y las organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados por cualquier medio admisible en Derecho. No obstante, se habilita el buzón de correo electrónico para quienes prefieran utilizar esta vía: financiacionempresarial@andaluciatrade.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta