Proyecto de orden de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente mediante la cual se modifica la Orden de 10 de junio de 2025 por la que se aprueba el Programa de Uso Público del Parque Natural Sierra de Grazalema
Información general
Orden de 10 de junio de 2025 por la que se aprueba el Programa de Uso Público del Parque Natural Sierra de Grazalema.
Adecuar la regulación de las actividades aéreas conforme a la competencia exclusiva del Estado en materia de control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, amparada en el artículo 149.1.20ª de la Constitución Española, teniendo en cuenta que la regulación del sobrevuelo de aeronaves (tripuladas y no tripuladas) en el espacio aéreo, incluyendo las limitaciones o prohibiciones de vuelo en los espacios naturales protegidos, es competencia exclusiva del Estado y debe establecerse por el Gobierno conforme al artículo 3 de la Ley 48/1960, sobre Navegación Aérea.
Oficio de la Dirección General de Aviación Civil, adscrita al Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible, en el que se considera que determinados aspectos del Programa de Uso Público del Parque Natural Sierra de Grazalema pueden suponer una vulneración de las competencias exclusivas del Estado en materia de control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, recogidas en el citado artículo 149.1.20ª de la Constitución Española.
Modificación los puntos específicos impugnados del Anexo I del PUP: 3.3.3.1 y 3.3.3.2 (aeronaves no tripuladas o drones), 3.3.3.15 (globos aerostáticos) y 3.3.3.15 (vuelo libre y vuelo sin motor) a fin de eliminar las disposiciones que establecen directamente prohibiciones, limitaciones de uso y regímenes de autorización sobre las operaciones aéreas y el control del espacio aéreo, que son competencia estatal.
No se contemplan.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:
puppngrazalema.cpp.csma@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta