Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones complementarias a la renaturalización y restauración ecológicas en el ámbito agrario y forestal en el marco de las iniciativas para el desarrollo socioeconómico sostenible del área de influencia del Espacio Natural de Doñana

Información general

Antecedentes de la norma

- Ley 8/1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana.

- Protocolo General de Actuación firmado con fecha 27 de noviembre de 2023 entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Junta de Andalucía relativo a la realización de las iniciativas y actuaciones para el desarrollo socioeconómico sostenible del área de influencia del Espacio Natural de Doñana.

- Orden TED/870/2025, de 5 de agosto, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y restauración ecológica en el ámbito agrario y forestal.

Problemas que se pretenden solucionar

En las últimas décadas se ha venido produciendo una progresiva degradación ambiental del Espacio Natural de Doñana debido, entre otros factores, a la intensificación de la acción humana en su entorno, efectos que se han visto agravados por el cambio climático experimentado en las últimas décadas: temperaturas medias más altas, con veranos más largos y calurosos, más años secos y un cambio en el patrón de precipitación, con veranos mucho más largos a costa de la primavera y el otoño.

Ante esta situación resulta imprescindible un enfoque integral, que compatibilice la protección del medio ambiente y la integridad de la zona de Doñana con el desarrollo socioeconómico sostenible. Es imprescindible que la actividad humana permita simultáneamente, de una parte, recuperar los valores naturales y la biodiversidad que caracterizan este espacio natural de Doñana y la mitigación de los impactos actuales a los que se enfrenta y, de otra, impulsar la transición de actividades socioeconómicas que contribuyan a la mejora del estado ecológico en el corto, medio y largo plazo, en un escenario de cambio climático acelerado y fortalecer las capacidades para la transición de los sectores productivos.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La aprobación de estas bases reguladoras y la futura concesión de las correspondientes ayudas formarán parte de ese conjunto de medidas para fomentar ecosistemas sostenibles, resilientes y ricos en biodiversidad, como base para generar bienes y servicios ecosistémicos a la sociedad, aumentar su adaptación y resiliencia al cambio climático, así como su sostenibilidad a largo plazo en el área de influencia del Espacio Natural de Doñana.

Objetivos de la norma

La financiación complementaria de actuaciones para el establecimiento o instauración de la forestación y la creación de superficies forestales, y todas las actuaciones complementarias a la misma, así como el mantenimiento de la forestación y del uso natural de la superficie forestada, contribuyendo a revertir la degradación ambiental y a recuperar el funcionamiento ecológico de espacios degradados, con una proyección de futuro que permita nuevas posibilidades de desarrollo más sostenible.

Posibles soluciones alternativas

No se contemplan al ser medidas de ejecución de los compromisos asumidos por la Junta de Andalucía con el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico derivados del Protocolo General de Actuación, firmado con fecha 27 de noviembre de 2023, relativo a la realización de las iniciativas y actuaciones para el desarrollo socioeconómico sostenible del área de influencia del Espacio Natural de Doñana.

Envío de aportaciones

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:

viceconsejeria.csma@juntadeandalucia.es

Se deberá hacer constar en el “asunto”: Consulta pública previa

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sostenibilidad y Medio Ambiente
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