Proyecto de orden que regule el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueban los distintivos para su identificación.

Información general

Antecedentes de la norma

Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.

Problemas que se pretenden solucionar

Mejorar y simplificar el procedimiento que regula la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, adaptando el mismo a lo dispuesto en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Las modificaciones introducidas por el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, hace necesaria la aprobación de una nueva orden por la que se regulen las Zonas y Puntos de Interés Artesanal.

Objetivos de la norma

Establecer una nueva regulación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, más simple, eliminando trabas administrativas para el ciudadano, conforme a lo dispuesto en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre.

Posibles soluciones alternativas

No se contempla.

Envío de aportaciones

dgcomercio.ceeta @juntadeandalucia.es

Pueden realizar aportaciones: La ciudadanía en general, las asociaciones y organizaciones empresariales que defiendan los intereses del sector artesano y cualquier otra organización que considere que debe realizar aportaciones.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
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