Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del ciclo urbano del agua en las entidades locales de municipios menores de 20.000 habitantes.
Información general
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
- Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
- Comunicación de la Comisión - Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01).
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
- Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de junio de 2022.
Las ayudas tienen como objeto mejorar la digitalización del ciclo urbano del agua de manera que permitan detectar de forma precoz fugas, roturas filtraciones en las redes de abastecimientos.
En la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de junio de 2022, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aprobó los criterios de reparto y distribución de créditos presupuestarios para las Comunidades Autónomas del PERTE de digitalización del ciclo urbano del agua del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea– NextGenerationEU para avanzar hacia una gestión más eficiente y sostenible del agua.
La orden constituirá el instrumento para la puesta a disposición de los citados fondos a los posibles beneficiarios para llevar a cabo la digitalización del ciclo urbano del agua en el ámbito de sus competencias.
En las bases reguladoras de estas ayudas se definirán sus aspectos fundamentales, como las entidades que podrán ser beneficiarias y selección de las mismas, la actividad y gastos y conceptos subvencionables así como los demás aspectos que deban ser establecidos conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable.
No se han contemplado otras soluciones que no sean las regulatorias, ya que es taxativa la necesidad de establecer las bases reguladoras y convocar estas ayudas mediante la aprobación de una disposición en forma de Orden.
Los interesados que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:
dgprh.cagpds@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta