Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro para la dinamización de centros de competencias digitales en zonas desfavorecidas de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

Orden de 25 de enero de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la dinamización de la red de Centros de Acceso Público a Internet en Municipios, Zonas Necesitadas de Transformación Social, Entidades Locales Autónomas de Andalucía y Puntos de Acceso Público a Internet (BOJA Núm. 19, de 29 de enero de 2016), modificada mediante Orden de 20 de enero de 2017 (BOJA núm. 23, de 3 de febrero de 2017). 

Problemas que se pretenden solucionar

Con estas nuevas bases reguladoras se pretende abrir una nueva etapa en la que los centros pasan de concebirse como puntos de acceso a Internet a constituirse en espacios para el desarrollo de las competencias digitales de la ciudadanía, cuyo objetivo es servir de plataforma hacia la integración en la nueva sociedad y economía digital, contribuyendo a la transformación digital de Andalucía y a la reducción de las brechas digitales.

Este nuevo modelo de Centro pretende focalizar sus servicios en las acciones de sensibilización y desarrollo de las competencias en el uso de los servicios digitales, encuadradas en un itinerario confeccionado en base a las necesidades que, por perfiles, niveles y grado de especialización, demanden los sectores productivos. El marco en el que se deben encuadrar estas acciones para alcanzar esta filosofía progresiva y adaptativa es el Marco Europeo de Competencias Digitales para la Ciudadanía, conocido como marco DigComp.

En este mismo marco europeo, el 9 de marzo de 2021 la Comisión Europea ha presentado la «Brújula digital para 2030: la Vía Europea de la Década Digital» con objeto de hacer realidad las ambiciones digitales de la UE para 2030. Este nuevo marco tiene como finalidad conseguir una transformación digital exitosa, basada en el empoderamiento de la ciudadanía y del liderazgo tecnológico, lo que se traduce en una sociedad más resiliente y próspera. Estas ambiciones giran en torno a cuatro puntos clave, siendo uno de ellos el de “Ciudadanos con capacidades digitales y profesionales del sector digital altamente cualificados”. Su finalidad es que para el año 2030, al menos el 80% de todos los adultos tengan competencias digitales básicas.

El Plan Nacional de Competencias Digitales contempla como primer objetivo estratégico garantizar la inclusión digital, es decir, no dejar a nadie atrás en el proceso de digitalización y avanzar en el desarrollo de competencias básicas de la ciudadanía. Para la consecución de este objetivo, el Plan establece como primera línea de actuación la capacitación digital de la ciudadanía para que todas las personas puedan comunicarse, comprar, realizar transacciones, relacionarse con las administraciones usando las tecnologías digitales con autonomía y suficiencia. Para ello deberá poner especial énfasis en aquellos colectivos que encuentran más dificultades para adquirir estas competencias actualmente, como las personas mayores, personas con bajos niveles de renta, de zonas no urbanas o con bajo nivel educativo. Dado que en estos colectivos se encuentran muchos casos de personas que no poseen dispositivos electrónicos ni, por tanto, conectividad, el Plan Nacional recomienda la creación de centros de capacitación digital para poder ofrecer un soporte cara a cara a aquellas personas que tienen habilidades digitales nulas o en iniciación.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La presente Orden nace para el cumplimiento de estos objetivos, regulando una línea de subvenciones dirigidas a propiciar el desarrollo de las competencias digitales de la ciudadanía andaluza del territorio y su inmersión en la nueva sociedad y economía digital, a través de acciones para la mejora de sus competencias digitales, dentro del marco de referencia DigComp y alineado con la Brújula Digital Europea y el Plan Nacional de Competencias Digitales. La procedencia de la aprobación de esta norma reside fundamentalmente en la necesidad de dar cobertura a la apertura de nuevos centros en zonas desfavorecidas de Andalucía en las que actualmente no existe ningún centro de competencias digitales del programa en funcionamiento, adaptando tal normativa a los cambios producidos por la creación de la Agencia Digital de Andalucía, que se constituye como entidad que ostenta las competencias de ejecución de las políticas de impulso de la sociedad de la información en Andalucía, así como el diseño y ejecución de programas destinados a fomentar el acceso y uso de los servicios digitales por parte de la ciudadanía, contribuyendo a la reducción de las brechas digitales, así como los cambios normativos producidos en materia de tramitación electrónica de los procedimientos administrativos de concesión de subvenciones.

Objetivos de la norma

Ampliación de la red de centros de competencias digitales, que ofrezca un soporte físico desde el que se realicen acciones para el desarrollo de las competencias digitales dirigidas a personas en situación de brecha digital o con especiales dificultades en el acceso y uso de la tecnología, como medio para su integración en la nueva sociedad digital.

Posibles soluciones alternativas

Como complemento, más que como alternativa, se ofrecen acciones de capacitación digital a través de servicios en línea, si bien, se considera que el soporte físico sigue siendo el canal adecuado para llegar al sector de la ciudadanía como más dificultades en el acceso y uso de la tecnología.

Envío de aportaciones

sasi.ada@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Industria, Energía y Minas
Índice