Consejo de la Unión Europea

Introducción

El Consejo de la Unión Europea, Consejo de Ministros o Consejo, es el principal órgano legislativo y decisorio de la Unión Europea. En el mismo se reúnen los representantes de todos los Gobiernos de los Estados y constituye el foro en el que éstos pueden exponer sus intereses y alcanzar compromisos.

Composición

El Consejo está constituido por un representante con rango ministerial de cada Estado miembro, autorizado para representar su gobierno y responsable ante su parlamento nacional y ante los ciudadanos a quien dicho parlamento representa. Los ministros varían en función de las materias que constituyen del orden del día. 

El Consejo es una única persona jurídica, pero se reúne en 10 formaciones diferentes, dependiendo del asunto que se aborde. No existe jerarquía alguna entre las formaciones del Consejo, aunque el Consejo de Asuntos Generales desempeña un papel especial de coordinador y se ocupa de los asuntos institucionales, administrativos y horizontales. El Consejo de Asuntos Exteriores tiene también un mandato específico.

La presidencia del Consejo es ejercida de forma rotatoria por cada Estado miembro durante un período de seis meses y conforme a un orden acordado por el Consejo de forma unánime.
El Consejo de la Unión Europea cuenta además con el Comité de Representantes Permanentes y la Secretaría General.

El denominado Comité de Representantes Permanentes (COREPER) está compuesto por los distintos representantes permanentes de los Estados miembros ante la UE y se encarga de la preparación de los trabajos del Consejo, a excepción de los asuntos relacionados con la agricultura, los cuales son preparados en el Comité Especial de Agricultura (CEA). El COREPER es a su vez ayudado por varios grupos de trabajo, formados por funcionarios de las administraciones nacionales.

Competencias

El Consejo de la Unión Europea (a menudo denominado solo «el Consejo») es un órgano decisorio fundamental de la UE. Reúne a los ministros de los 27 países de la UE.

El Consejo negocia y adopta los actos legislativos de la UE y coordina determinadas políticas. Asimismo:

  • Adopta el presupuesto de la UE
  • Celebra acuerdos internacionales en nombre de la UE
  • Impulsa la política exterior y de seguridad de la UE

Más información sobre las funciones del Consejo.

Funcionamiento

Dependiendo del tema objeto de debate, el Consejo de la UE toma sus decisiones por:

  • Mayoría simple (voto a favor de 14 Estados miembros)
  • Mayoría cualificada, que requiere el voto favorable del 55 % de los Estados miembros, que representen al menos el 65 % de la población de la UE
  • Votación por unanimidad (todos los votos a favor)

La Junta de Andalucía en el Consejo de Ministros

El Acuerdo de 9 de diciembre de 2004 de la Conferencia de Asuntos Relacionados con las Comunidades Europeas sobre formaciones del Consejo de la Unión Europea, posibilita que un miembro del Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, acuda, junto con el Representante de la Administración Estatal con rango de Ministro, a las reuniones del Consejo de la Unión Europea en representación de todas las Administraciones Autonómicas.

El Acuerdo permite que puedan acogerse a este sistema de representación autonómica las siguientes formaciones del Consejo de la Unión Europea:

  • Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores (incluido Turismo);
  • Agricultura y Pesca;
  • Medio Ambiente;
  • Educación, Juventud y Cultura.

A estas formaciones se sumó, posteriormente, la de Competitividad-juego y Competitividad-asuntos de Consumo, mediante la modificación del Acuerdo aprobada el 2 de julio de 2009.

Posteriormente, en 2018 se fijó el sistema de representación de las CCAA en las formaciones abiertas a la participación autonómica. Acuerdo de 10 de diciembre de 2018 (PDF 248 KB).

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