Plan anual para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de Andalucía para el año 2026
Información general
- Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía
Orden de 15 de diciembre de 2025, por la que se aprueba el Plan Anual para la Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales de Andalucía para el año 2026 (BOJA n.º 247, de 24 de diciembre de 2025).
El objeto del presente Plan es ser un instrumento de gestión anual en materia de incendios forestales desde una perspectiva integral de prevención vigilancia y extinción. Se responde a la obligación establecida en el artículo 48.1 de la vigente Ley 43/2003 de 21 de noviembre, de Montes, con la modificación introducida por el Real Decreto-ley 15/2022, de 15 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, donde se exige que las Comunidades Autónomas, ante el riesgo general de incendios forestales, elaboren y aprueben planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
El presente Plan Anual tiene como referencia el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y el conjunto de instrumentos de prevención y lucha contra incendios ya establecidos en la normativa de la Comunidad Autonómica de Andalucía. Este plan es una herramienta de recopilación anual de actuaciones de prevención y extinción de incendios forestales, teniendo como fin la protección civil de la población, de manera que identifica el conjunto de instrumentos de planificación para la prevención previstos en la Comunidad Autónoma de Andalucía. De acuerdo con el marco normativo vigente, también identifica y describe el tipo de actuaciones generales para la prevención y extinción de incendios forestales. Considerando los criterios de elaboración consensuados en el marco del Comité de Lucha contra Incendios Forestales, se ha evitado en lo posible la duplicación de la planificación, por lo que en toda aquella actuación de prevención y lucha contra los incendios forestales ya prevista en un instrumento en vigor, se hará referencia al mismo, eludiendo repeticiones o modificaciones que puedan generar duplicidades de discordancias instrumentales. Del mismo modo, se han tenido en cuenta las directrices y criterios comunes de los planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales establecidos en el Real Decreto 716/2025, de 26 de agosto, de reciente aprobación por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
El objetivo del presente Plan es establecer la programación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la prevención y lucha contra los incendios forestales, en concreto:
a) “Un análisis territorial de la problemática socioeconómica que pueda existir en la Comunidad Autónoma y que se puede manifestar a través de la provocación reiterada de incendios o del uso negligente del fuego.
b) El diseño general del dispositivo para atención global durante todo el año a la prevención, detección y extinción de incendios forestales, precisando, en su caso, las épocas de mayor riesgo de incendios forestales debidamente territorializadas.
c) La determinación de los puntos estratégicos de gestión, así como de las áreas de actuación singularizada.
d) La asignación estable, y permanente, de medios técnicos y profesionales singularizados al desarrollo de las actuaciones contempladas.
e) Los trabajos de carácter preventivo a realizar a lo largo de todo el año, en particular los tratamientos selvícolas que procedan, áreas cortafuegos, vías de acceso y puntos de agua que deban realizar los propietarios de los montes de la zona, así como los plazos de ejecución.
f) Las modalidades de ejecución de los trabajos, en función del estado legal de los terrenos, mediante convenios, acuerdos, cesión temporal de los terrenos a la Administración, ayudas o subvenciones o, en su caso, ejecución subsidiaria por la Administración.
g) El establecimiento y disponibilidad de los medios de vigilancia y extinción necesarios para dar cobertura a toda la superficie de la Comunidad Autónoma, con las previsiones de dotaciones, financiación, y modelo de organización.
h) La regulación de los usos que puedan dar lugar a riesgo de incendios forestales, en relación con los distintos niveles de riesgo.
i) Las prohibiciones o limitaciones a la circulación de vehículos a motor por pistas forestales en las que no existan servidumbres de paso situadas fuera de la red de carreteras y a través de terrenos forestales y al acceso de personas ajenas a la vigilancia, extinción y gestión de incendios.
j) Las condiciones generales, tanto climatológicas como de cualquier otro tipo, que justifiquen la intensificación de los operativos y de los medios de vigilancia y extinción.”
Los recursos humanos y materiales de los que dispone la Comunidad Autónoma de Andalucía para la prevención y lucha contra incendios, se recogen en el Catálogo de Medios y Recursos, publicado y actualizado anualmente mediante Orden de la Consejería competente en materia de protección civil y emergencias.
El catálogo de medios para el 2025, aprobado por la Orden de 11 de junio de 2025, de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, por la que se aprueba el Catálogo de Medios del Plan INFOCA 2025 (BOJA de 20 de junio de 2025), se encuentra en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/organismos/ema/areas/incendios-forestales/dispositivo-infoca/catalogo-medios.html
Evaluación del plan
Respecto al establecimiento de los Indicadores del Plan Anual de Incendios Forestales de Andalucía, se establecerán en virtud del Real Decreto 716/2025, de 26 de agosto, por el que se aprueban las directrices y criterios comunes de los planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales, estando los mismos en desarrollo e implantación a partir del 1 de enero de 2026 y sin perjuicio de que, en ediciones sucesivas de esta planificación, se establezcan otros.
La Junta