Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Acto de trámite cualificado: exclusión. Incompetencia de las mutuas de la Seguridad Social. Competencia del TACRC. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 318/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónPliegos. Causa de resolución del contrato establecida en el PPT. Artículos 122 y 124 de la LCSP, contenido propio del PPT y del PCAP. Posibilidad de establecer causas de resolución fuera de los supuestos establecidos en el 211 LCSP. No resulta posible. Procedimiento negociado sin publicidad por derechos exclusivos, razón justificadora del procedimiento. Duración del contrato en función de la duración de la patente. Doctrina. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 296/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónAnuncio y pliegos. Legitimación asociaciones. Competencia del Tribunal para resolver los recursos y reclamaciones respecto a los actos de las entidades locales. El criterio de adjudicación cuya cuantificación depende de la mera aplicación de fórmulas consistente en una mejora o complemento salarial a través de incentivos al rendimiento y a la calidad del servicio para el fomento de la asistencia y puntualidad de la persona trabajadora no puede considerarse ajustado a lo dispuesto en el artículo 145 de la LCSP. Prestaciones a cargo de la entidad adjudicataria cuyo cálculo o cuantificación económica no se explicita en los pliegos ni en los documentos de la licitación. La ausencia de fijación de un importe cierto para determinadas prestaciones que se imponen a la persona adjudicataria conlleva que el presupuesto base de licitación no sea adecuado a los precios de mercado. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 306/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación ParcialActo de adjudicación. Impugnación desde la posición de licitador excluido que ha dejado firme la exclusión. Solicita anulación de la adjudicación para que se declare desierto. Falta de legitimación directa. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 332/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite cualificado: exclusión. Contrato no susceptible de recurso: cuantía. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 329/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónPliegos. Irregularidades no invalidantes: el régimen de penalidades previsto en el PPT no invalida la licitación, pues dicho régimen viene recogido también en el PCAP. Plan de calidad del servicio: validez de su establecimiento en el PPT, aunque incorpore contenido obligacional para el contratista. Tratándose de un contrato de servicios, las prescripciones técnicas pueden incorporar aspectos técnicos relativos a la ejecución de la prestación que deban traducirse en obligaciones específicas del contratista, sin que ello suponga conculcar lo dispuesto en la LCSP. Beneficio industrial: aun cuando asista la razón a la recurrente en la afirmación de que la base sobre la que ha de aplicarse el beneficio industrial debe estar integrada por la suma de costes directos e indirectos, no argumenta mínimamente ni justifica que el monto al que asciende el beneficio industrial -calculado conforme establece el PCAP- determine que el presupuesto base de licitación sea insuficiente o no resulte adecuado a los precios de mercado, como exige el artículo 100.2 de la LCSP. Para los contratos de servicios no hay previsión normativa que establezca a cuánto debe ascender el beneficio industrial -como sí sucede para el contrato de obras en el artículo 131 del RGLCAP-pudiendo ser determinado por el órgano de contratación en la cuantía que estime adecuada; cuantía que no se ha demostrado insuficiente por la recurrente, quien se limita a esgrimir error en la base de cálculo. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 304/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesestimaciónInadmisión. Impugna los pliegos, después de haberlos aceptado incondicionadamente mediante la previa presentación de su proposición para participar en el procedimiento de contratación y no suponer las pretensiones esgrimidas en el recurso ningún supuesto de nulidad de pleno derecho. La empresa que presentó oferta a la licitación y la que interpuso el recurso especial son la misma, si bien, con la irregularidad de presentar la oferta con una denominación social que ya no existe.
Fecha:Número de recurso: Recurso 305/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Reclamación en materia de contratación. Valoración de la oferta respecto a criterios de adjudicación sujetos a juicios de valor. Amplitud en la configuración del criterio de adjudicación. Discrecionalidad técnica. Supuesto en el que se valoran como criterio de adjudicación los certificados medioambientales y de calidad. Algunos de ellos expedidos a una entidad del grupo de empresas distinto del licitador. Concepto de grupo empresarial, no cabe la identificación entre entidades con personalidad jurídica distinta. Solicitud de indemnización por la adjudicataria, análisis de la regulación de la responsabilidad patrimonial, el error ha sido producido como consecuencia de la documentación aportada por la propia entidad, no se realiza evaluación económica de los supuestos daños. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 283/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación ParcialAdjudicación. Falta de motivación, inexistente pues ha interpuesto el recurso fundadamente. Sobre la falta de especialización de la comisión técnica:pliegos consentidos.Sobre la posibilidad de subsanar la oferta:Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de mayo de 2017, Asunto C-131/16, que declara que la oferta inicial sólo puede ser modificada excepcionalmente para corregir errores materiales manifiestos, a condición de que esta modificación no equivalga a proponer en realidad una nueva oferta. Sobre ello, el artículo 81.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Los datos necesarios establecido en el pliego referentes a la aplicación de software no se detallaban expresamente, siendo necesario para la mesa realizar operaciones materiales, no deducibles sin más. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 314/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónExclusión. La mesa de contratación la excluye por exceder del presupuesto base de licitación en el precio de conexión y mantenimiento de los sistemas de alarma y videovigilancia. El órgano de contratación en su informe al recurso aduce que excede del PBL por otro motivo, el no presupuestar el servicio de acuda, sin pronunciarse sobre el motivo de exclusión indicado por la mesa. El Tribunal no puede considerar una nueva causa de exclusión, sobre la que no se ha pronunciado ni la mesa, ni el órgano de contratación, durante el procedimiento de licitación. Doctrina sobre la discrepancia entre PCAP y PPTP. Si el PBL es una cantidad a tanto alzado no se considera excluyente de la oferta en su conjunto que uno de sus sumandos sobrepase el desglose que consta en los pliegos. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 300/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Estimación
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