Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
6411 recursos disponibles
- Adjudicación. Allanamiento del órgano de contratación: se detecta el error en la valoración de la oferta adjudicataria a la vista del recurso especial interpuesto. El allanamiento no infringe el ordenamiento jurídico. La información y documentos en que se sustenta el recurso no constituyen medios probatorios ilícitos. La actuación de la Administración no ha sido contraria a la doctrina “venire contra factum proprium non valet”. El PPT no incurre en ambigüedad u oscuridad al definir el concepto de “controladora”. No es admisible la reconvención en el procedimiento de recurso. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 270/2017Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación
- Adjudicación. El precio ofertado lo por año no por la totalidad del contrato. La pretensión de la recurrente supone una corrección que implica un juicio valorativo y exige operaciones de valoración jurídica, pues en el conjunto de su proposición no se detalla claramente si dicha cantidad año, lo es o no para toda la vida del contrato, si la misma ha de multiplicarse por los años de duración del contrato, o por uno menos al haberlo ofertado como carencia; sin que lo anterior se pueda deducir claramente del contenido de su plan económico financiero presentado. No existe error material. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 278/2017Tipo de contrato: MixtoActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Incumplimiento por la oferta adjudicataria de las requisitos establecidos en el PCAP en la presentación de las ofertas: no se acredita tal incumplimiento. La oscuridad en las cláusulas de un pliego no puede perjudicar a la parte que no la ha ocasionado. Aplicación de los artículos 1284 y 1288 del Código Civil. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 287/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Anuncio y Pliegos. Desistimiento del recurso. Aceptación del desistimiento y conclusión del procedimiento de recurso.Fecha:Número de recurso: Recurso 296/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desistimiento
- Exclusión. Presentación del recurso fuera del plazo legalmente establecido. Extemporáneo. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 295/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Inadmisión
- Exclusión. El Ayuntamiento tiene órgano propio para la resolución del recurso especial en materia de contratación. Artículo 10.1 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre. Incompetencia del Tribunal. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 4/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Inadmisión
- Recurso contra el acuerdo de clasificación de las ofertas y requerimiento a la oferta económicamente más ventajosa de la documentación previa a la adjudicación. Acto de trámite no cualificado. No susceptible de recurso especial conforme al artículo 40.2 b) del TRLCSP. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 288/2017Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Inadmisión
- Pliegos. Contrato de servicios no sujeto a regulación armonizada. Valor estimado inferior al umbral comunitario. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 290/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Inadmisión
- Pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. Legitimación no licitadores. Fórmula de valoración de la oferta económica. Umbral de saturación o saciedad. Vulneración del párrafo segundo del artículo 150.2 del TRLCSP: no es posible admitir fórmulas que, aunque formalmente respeten la ponderación establecida en el pliego, homogeneizan la valoración de la oferta económica perdiendo su importancia relativa, desplazando hacia los criterios sujetos a juicio de valor el fundamento de la adjudicación. Exigencia en el PPT de marca de reconocido prestigio y de aportar certificado del fabricante de que es conocedor de la oferta emitida para esta licitación: no procede. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 265/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación
- Adjudicación. Se impugna que la empresa adjudicataria se encuentra inscrita en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía en una actividad que no se corresponde con la del servicio a realizar. Los pliegos que rigen la contratación únicamente exigen la inscripción en el Registro Sanitario y no en una actividad concreta. Los pliegos son la ley del contrato entre las partes. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 283/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
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