Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Pliegos. Modificación de su contenido: motivación sucinta pero suficiente. Criterio de adjudicación que valora la experiencia del licitador y no la del personal que vaya a ejecutar la prestación por su afectación significativa a la mejor ejecución del contrato. Criterio de adjudicación con redacción genérica y vaga, no suficientemente especificado que incumple los requisitos del artículo 145.5 LCSP. Falta de motivación de la modificación del plazo de presentación de ofertas que es objeto de reducción: motivación necesaria. Artículo 35.1 a) LPAC. Incongruencia entre anuncios en DOUE y perfil de contratante: no es obligatoria la publicación en el DOUE conforme al artículo 135.2 LCSP, pero si se decide publicar en dicho diario oficial, cualquier modificación posterior del anuncio debe publicarse también en el DOUE. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 155/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación ParcialExclusión. El requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social debe concurrir en el momento de presentación de proposiciones y subsistir en el momento de la acreditación de la documentación previa a la adjudicación, incluida su posible subsanación, de conformidad con las previsiones contenidas tanto en el artículo 150.2 de la LCSP, como en el clausulado del PCAP. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 156/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. La oferta de la adjudicataria cumple con el PPT en cuanto al detalle de los precios fuera de tarifa aplicables por exceso de consumo. Sobre el cumplimiento del tiempo máximo de inicio de resolución de 3 horas, la recurrente funda sus alegaciones en una información que no forma parte del expediente. La oferta de la adjudicataria incumple el PPT en cuanto a las características técnicas de los terminales. 151/2024. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 151/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación ParcialPliegos. Allanamiento OC respecto de la cláusula relativa al criterio de adjudicación mediante la aplicación de fórmulas consistente en una "bolsa de horas" por indeterminación e infracción de lo dispuesto en el artículo 145.5 de la LCSP. Doctrina del Tribunal sobre la necesidad de establecer topes o límites máximos a fin de evitar ofertas desproporcionadas. Examen de la cláusula relativa a la revisión de precios: la redacción de la cláusula impugnada no es conforme a derecho en la medida que no puede obviarse la actualización de las tarifas por el coste/hora del servicio establecido que se pueda efectuar al amparo de la previsión establecida en la Orden de 27 de julio de 2023 de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicha actualización del coste/hora máximo del SAD operada en virtud de Resolución de 24 de abril de 2023 de la Agencia de Servicios Sociales y la Dependencia de Andalucía (ASSDA) no es una revisión de precios en el sentido del artículo 103 de la LCSP, ni tampoco una modificación del contrato en los términos establecidos en el artículo 205.2.b) de la LCSP, sino que esa actualización es manifestación de la potestad de naturaleza reguladora que se le atribuye nor-mativamente a la ASSDA. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 167/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónActo no susceptible de recurso. Inadmisión de recurso de reposición, y propuesta de adjudicación. 157.3 LCSP. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 162/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónActo no susceptible de recurso:resolución de ejecución de una resolución anterior del Tribunal:resolución 114/24, de 22 de marzo, por la que fue excluida la entidad recurrente. Fondos europeos. Tramitación preferente. Falta de legitimación contra la adjudicación que es lo que formalmente pretende anular con la denuncia de la infracción del procedimiento, en una pretendida nulidad del mismo. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 162/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónExclusión. Se presenta como recurso de reposición, pero se deduce su verdadero carácter. La inclusión, en el sobre AB, de documentación que debió incluir en el sobre C, vulnera el carácter secreto de la oferta, y las garantías de imparcialidad y objetividad en la valoración de las ofertas que preservan los preceptos legales y reglamentarios y es contrario a las previsiones del PCAP. Test de proporcionalidad. El acto impugnado cuenta con motivación suficiente que ha permitido a la recurrente la interposición de un recurso suficientemente fundado. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 146/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Aplicación del plan de igualdad de un grupo empresarial a una empresa que, con posterioridad, dejó de formar parte del grupo. Artículo 9 del Real Decreto 901/2020 sobre vigencia, seguimiento, evaluación y revisión del plan. No existe una pérdida automática de la vigencia del plan grupal. Competencia del Tribunal para pronunciarse sobre una cuestión que no es propiamente contractual, a los solos efectos de resolver sobre la legalidad de la decisión adoptada por el órgano de contratación. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 141/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Doctrina de la discrecionalidad técnica en la valoración de los criterios sujetos a juicio de valor. Análisis por el tribunal de la fundamentación técnica realizada en el informe de valoración de las ofertas con relación a los criterios sujetos a juicio de valor a la vista de la redacción de los pliegos, que han sido consentidos por la recurrente y han devenido firmes. La recurrente en el fondo discrepa de la valoración de su oferta, limitándose a reclamar un incremento en abstracto de su puntuación que no concreta. No se aprecia falta de motivación al conocer la recurrente conoce los motivos por los que obtiene la puntuación que es superior a la de la adjudicataria. Las consideraciones realizadas por la recurrente en su escrito de recurso contienen una evaluación paralela y alternativa a la efectuada por la comisión técnica a la hora de enjuiciar su valoración pero no puede prevalecer sobre el criterio de un órgano especializado. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 158/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. La recurrente ejercita como pretensión principal la anulación de la resolución de adjudicación en lo referente a la agrupación y que se acuerde la adjudicación a su oferta bien considerando la necesaria exclusión de la oferta de la adjudicataria, por incumplimiento del PPT, o en vista del informe de valoración de la primera comisión asesora técnica, arbitrariamente descartado por la mesa de contratación. Examen por el Tribunal: no se aprecia irregularidad invalidante o determinante de anulabilidad respecto del extremo que se denuncia, relativo a la existencia de injerencias en el proceso de valoración de las ofertas, máxime cuando ha quedado corroborado que la reunión de fecha 27 de enero de 2023 obedeció objetivamente a la necesidad de desbloquear la situación de paralización del expediente. Respecto del incumplimiento por la oferta de la adjudicataria tampoco ha quedado acreditado por la recurrente que la oferta haya incurrido en un incumplimiento claro, expreso y rotundo de dicha prescripción que sea determinante de la exclusión de aquella, por lo que se desestiman ambos motivos y la pretensión ejercitada. La desestimación de la pretensión principal obliga al análisis de la pretensión subsidiaria de anulación del procedimiento de contratación basado en el motivo de impugnación relativo a la denegación injustificada de la apertura de su oferta técnica presentada en un formato “USB” sobre la base de la indicaciones dadas por el órgano de contratación en las respuestas a las consultas y la consecuente vulneración del carácter electrónico de la licitación. El Tribunal concluye que el órgano de contratación, con la respuesta dada a la consulta del licitador, que además tenía carácter vinculante, ha vulnerado el principio de igualdad de trato entre los licitadores, posibilitando la presentación de ofertas contrarias a los pliegos por lo que la admisión parcial de la oferta de la recurrente no es conforme a derecho. Anulación del procedimiento de licitación. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 118/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación Parcial
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