Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Director Gerente del Hospital Universitario Puerta del Mar (mediante delegación de firma de la Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud)
En nombre y representación de la sede de Ginemed en Jerez de la entidad Mercantil Clínicas Ginemed, S.L.
Duración
El Presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de cuatro años, de conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de rescindirlo, bien mediante carta certificada, bien por cualquier otro medio que acredite fehacientemente tal voluntad solutoria, con una antelación mínima de un mes respecto de la fecha de expiración del plazo inicial o del de la prórroga en que, en su caso, se hallase el Convenio.
Objeto
El presente Convenio de colaboración regula el traslado puntual de muestras biológicas (ovocitos, semen y preembriones) de pacientes de las Unidades con competencia en Reproducción Humana del Hospital Universitario Puerta del Mar, que hayan solicitado el traslado de las mismas a Ginemed Jerez, a fin de proseguir con su tratamiento, así como de Ginemed Jerez, a las Unidades con competencia en Reproducción Humana del Hospital Universitario Puerta del Mar.
Obligaciones económicas
Según cláusula séptima del propio convenio:
"La firma del presente Convenio no tendrá ningún coste económico para el Servicio Andaluz de Salud. Los gastos derivados del mismo serán sufragados por Ginemed Jerez y/o por los propios pacientes"
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