Convenio específico de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y HLA Puerta del Sur Jerez para el traslado puntual de muestras biológicas de pacientes.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Director Gerente del Hospital Universitario Puerta del Mar (mediante delegación de firma de la Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud)
En nombre y representación de la entidad mercantil Hospital Jerez Puerta del Sur Grupo HLA.
Duración
El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de cuatro años, de conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de rescindirlo, bien mediante carta certificada, bien por cualquier otro medio que acredite fehacientemente tal voluntad solutoria, con una antelación mínima de un mes respecto de la fecha de expiración del plazo inicial o del de la prórroga en que, en su caso, se hallase el Convenio.

Objeto

El presente Convenio de colaboración regula el traslado puntual de muestras biológicas (ovocitos, semen y preembriones) de pacientes de las Unidades con competencia en Reproducción Humana de los Hospitales pertenecientes al SAS, que hayan solicitado el traslado de las mismas a HLA JEREZ PUERTA DEL SUR, a fin de proseguir con su tratamiento, así como de HLA JEREZ PUERTA DEL SUR, a las Unidades con competencia en Reproducción Humana del Hospital Universitario Puerta del Mar.

El objeto de este Convenio, conlleva la cesión de datos de carácter personal de los pacientes, que se harán conforme a lo establecido en la cláusula décima y en el Anexo III.

Obligaciones económicas

Según cláusula séptima del propio Convenio:

"La firma del presente Convenio no tendrá ningún coste económico para el Servicio Andaluz de Salud. Los gastos derivados del mismo serán sufragados por IFV y/o por los propios pacientes"

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