Objeto
El presente convenio tiene por objeto la cesión por parte del Ayuntamiento de PEGALAJAR al SAS, del inmueble descrito en el Expositivo segundo, para su uso gratuito como ubicación del Consultorio de Salud, y la determinación de las condiciones de la colaboración de las dos administraciones en cuanto al uso del bien cedido. La cesión está condicionada al destino del bien a la prestación de servicios sanitarios por el SAS.
Obligaciones económicas
Compromisos del Ayuntamiento de PEGALAJAR:
El Ayuntamiento de PEGALAJAR se compromete a:
1. Realizar las adecuaciones estructurales para el acceso, circulación y asistencia de los usuarios que la demanden en el espacio cedido y asumirá los gastos que esto comporte.
2. Asumir, en su caso, los costes de limpieza (según pliego de prescripciones técnicas mínimo para la ejecución del servicio), pintado integral del centro anualmente, agua, basura y cualquier tipo de impuesto, tasa, gravamen y/o hipoteca del inmueble cedido siempre que el inmueble se utilice para la prestación de los servicios sanitarios.
3. El Ayuntamiento de PEGALAJAR no tendrá relación alguna con las personas físicas o jurídicas que contraten con el SAS en relación con el inmueble cedido o por las actividades desarrolladas en él.
4. El Ayuntamiento de PEGALAJAR no se subrogará en los contratos y relaciones jurídicas existentes con el SAS en caso de extinción del convenio y viceversa.
Compromisos del Servicio Andaluz de Salud:
El SAS se compromete a abonar al Ayuntamiento de PEGALAJAR en concepto de gastos de mantenimiento [según cláusula segunda] la cantidad de 0,00 € anuales a vencimiento semestral tras certificación de la Dirección del Distrito de Gestión Sanitaria Jaén-Jaén Sur, de cumplimiento de los compromisos por la otra parte. Asumiendo, así mismo, con cargo al contrato de servicios realizado a nivel provincial, los gastos generados por Mantenimiento Integral: Equipos e Instalaciones, Energía eléctrica, Gestión de Residuos Peligrosos, Telecomunicaciones, Mantenimiento de Electromedicina, Transporte de Muestras Analíticas, Transporte Sanitario.
Estas cantidades no serán objeto de revisión durante la vigencia del convenio.