Convenio entre el Servicio Andaluz de Salud y la Sociedad Andaluza de Medicina Familiar y Comunitaria para el desarrollo de actividades de formación en uso racional del medicamento para profesionales médicos de atención primaria durante el año 2025.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud.
El Presidente de la Sociedad Andaluza de Medicina Familiar y Comunitaria.
Duración
El presente convenio de colaboración tendrá la validez de seis meses desde la fecha de la última firma digital, pudiendo ser prorrogado por un periodo igual por acuerdo de las partes.

Objeto

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el SAS y SAMFyC para el diseño y realización por parte de la Asociación de 20 talleres de formación sobre Uso Racional de Medicamentos, que se impartirán durante la celebración del 31º Congreso Andaluz de Medicina Familiar y Comunitaria, en Punta Umbría (Huelva) los días 22, 23 y 24 de mayo. (en adelante, el Congreso).

Obligaciones económicas

1. Las actuaciones objeto de este convenio suponen un coste total de CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS EUROS (166.400 €)

2. Dicho coste se asumirá por SAS, con cargo a su presupuesto de gastos para el año 2024 en la aplicación presupuestaria 1331180980 G/41C/22709/00 S0671, de acuerdo con la siguiente distribución por importes:

- Impartición de 20 talleres sobre Uso Racional de Medicamentos: 60.000 euros.

- Gestión por parte de SAMFyC de la asistencia al referido Congreso de 280 profesionales del SAS: 106.400 euros.

La no impartición de alguno de los talleres, la realización de éstos con criterios distintos a los del SAS, o la asistencia al citado Congreso de un número de profesionales inferior a los 280 seleccionados por el SAS, tendrán las siguientes consecuencias:

- La no impartición de alguno de los talleres o la realización de éstos con criterios distintos a los del SAS: se descontará del cómputo total por este concepto, 3.000 euros por cada taller con esta incidencia.

- Asistencia al citado Congreso de un número de presiónales inferior a 280: se descontará del cómputo total por este concepto, 380 euros por cada profesional que no asista.

3. El abono de las cantidades previstas en el apartado 2 de esta cláusula, se realizarán tras la finalización del Congreso, una vez presentada por la Sociedad la documentación justificativa del número de talleres realizados y de la asistencia al congreso del personal seleccionado por el SAS.

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