Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud
La Subsecretaria de Defensa del Ministerio de Defensa
Duración
El presente convenio resultara eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el Boletín Oficial del Estado.
Su periodo de vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, será de cuatro años desde que el convenio adquiere eficacia, pudiendo prorrogarse, de forma expresa y por mutuo acuerdo, por un período de hasta cuatro años adicionales. Esta prórroga se formalizará mediante la correspondiente adenda a este convenio, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en el REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el "Boletín Oficial del Estado".
Su periodo de vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, será de cuatro años desde que el convenio adquiere eficacia, pudiendo prorrogarse, de forma expresa y por mutuo acuerdo, por un período de hasta cuatro años adicionales. Esta prórroga se formalizará mediante la correspondiente adenda a este convenio, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en el REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el "Boletín Oficial del Estado".
Objeto
Establecer las bases de cooperación entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y el Servicio Andaluz de Salud (SAS), acordando las modalidades de actuación entre ambas administraciones en materia sanitaria.
Obligaciones económicas
Se considera que las aportaciones de las partes, son equitativas y proporcionadas y de las mismas no se derivan derechos u obligaciones de contenido económico.
El presente convenio no implica incremento alguno de las plantillas de personal adscrito al MINISDEF o al SAS, ni de retribuciones ni de otros gastos de personal. Tampoco requiere inversiones adicionales ni supone incremento de gastos corrientes.
La IGESANDEF, cuenta con medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo las actividades objeto del presente convenio.
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