Proyecto de Orden por la que se crea, en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la especialidad de Geriatría en la categoría profesional de Facultativo/a Especialista de Área.

Información general

Antecedentes de la norma

La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, reconoce en su artículo 19 que “Las personas mayores tienen derecho a recibir de los poderes públicos de Andalucía una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo, que les permita una vida digna e independiente y su bienestar social e individual, así como a acceder a una atención gerontológica adecuada, en el ámbito sanitario, social y asistencial, y a percibir prestaciones en los términos que establezcan las leyes”.

La Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores, establece en su artículo 23 los objetivos que ha de alcanzar la atención sanitaria de estas personas.

El Real Decreto 127/1984, de 11 de enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista, incluye a la Geriatría como una de las especialidades, que será exigible para ocupar puestos de trabajo de Especialista en Geriatría.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, dispone en su artículo 15 que, en el ámbito de cada servicio de salud, se establecerán, modificarán o suprimirán las categorías de personal estatutario, de acuerdo con las previsiones en materia de representación y negociación colectiva que establece el Capítulo XIV de la propia Ley y, en su caso, de acuerdo con los planes de ordenación de recursos humanos regulados en su artículo 13. Así mismo el artículo 14.1 de la citada Ley 55/2003, de 16 de diciembre, dispone que los servicios de salud establecerán las diferentes categorías o grupos profesionales existentes en su ámbito, de acuerdo con el criterio de agrupación unitaria de funciones, competencias y aptitudes profesionales, de las titulaciones y de los contenidos específicos de la función a desarrollar.

El Decreto 136/2001, de 12 de junio, que regula los sistemas de selección de personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, atribuye en su disposición adicional cuarta a la persona titular de la Consejería de Salud la competencia para la creación, supresión, unificación o modificación de categorías, mediante Orden y previa negociación en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

En la actualidad, en la plantilla del Servicio Andaluz de Salud no se cuenta con puestos específicos de Facultativo/a Especialista de Área de Geriatría. La presencia de estos profesionales, en la actualidad, sólo está contemplada como una de las opciones de acceso para la categoría profesional de Medicina de Recursos Avanzados de Cuidados Paliativos en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

Con el proyecto de Orden propuesta se facilitará que puedan incorporarse profesionales Facultativos/as Especialista de Área de la Especialidad de Geriatría a los centros sanitarios Servicio Andaluz de Salud para la atención especializada a la población de mayor edad.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

En la actualidad, más de 1,2 millones de personas con más de 65 años viven en Andalucía, de las cuales más de 200.000, el 15,6% de la población, tiene más de 80 años. Se estima que en 2020 el 17,6% de la población andaluza tendrá más de 65 años, y que en 2050 la tasa de población mayor de 65 años en nuestra región supondrá el 29% de sus habitantes. Una realidad que irá en aumento, ya que estamos inmersos en un proceso de envejecimiento progresivo de la sociedad.

Conscientes de esta realidad, Andalucía ha apostado por trabajar en este ámbito y actualmente es un referente en Europa en políticas de envejecimiento saludable. Así, se encuentra entre las ocho regiones europeas con un mejor envejecimiento activo, según las puntuaciones recibidas por la Unión Europea y la designación como ‘reference site’ (sitio de referencia) en este ámbito.

La Consejería de Salud y Familias viene impulsando el fomento de la calidad de vida en personas mayores a través de diversos planes y programas, entre los que debemos destacar el IV Plan de Salud; Estrategia de Cuidados de Andalucía (PiCuida); la Estrategia de Alzheimer de Andalucía; el Plan de Acción Personalizado del Plan de Atención Integral a Pacientes con Enfermedades Crónicas; el Proceso Asistencial Integrado de Atención a Pacientes Pluripatológicos; la Plataforma para el envejecimiento activo y saludable “En buena edad”; los Programas de Promoción de la salud: Comedores saludables, “Por un millón de pasos”; Cuidados domiciliarios, Plan de seguimiento telemático de personas dadas de alta con gran complejidad clínica y/o dependencia; Atención a personas mayores residentes en instituciones; Plan de mejora de la atención a personas cuidadoras familiares en Andalucía; Programa de ayudas técnicas y distribución de material ortoprotésico de apoyo al cuidado en domicilio; y Plan de prevención e intervención ante temperaturas extremas.

Sin duda, la incorporación de Facultativos/as Especialista de Área de la Especialidad de Geriatría en equipos interdisciplinares en el Servicio Andaluz de Salud contribuirá a garantizar una atención especializada e integral a las personas mayores. En coordinación con la totalidad de los dispositivos asistenciales y sociales, permitirá prestar atención a los aspectos preventivos, clínicos, terapéuticos y sociales de las enfermedades en las personas ancianas, y a la mejora de la eficacia y eficiencia del Sistema Sanitario Público.

La Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía también ha manifestado su conformidad con la creación de esta nueva categoría profesional en el SAS, y se ha cumplido la exigencia del artículo 3 y 80.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y la condición referida en la disposición adicional cuarta del Decreto 136/2001, de 12 de junio.

Disponiendo de la planificación, de la demanda social, de la estructura organizativa y de la experiencia en este tipo de prestación sanitaria, es oportuno proceder a adecuar la plantilla del Servicio Andaluz de Salud para incluir la Especialidad de Geriatría entre el personal Facultativo Especialista de Área, en la que se incorporaría el personal que disponga de dicha titulación y ejercerá estas funciones.

Objetivos de la norma

La Orden que se propone tiene por objeto la creación de la especialidad de Geriatría en la categoría profesional de Facultativo/a Especialista de Área, y su inclusión en el régimen funcional de plantilla de los centros asistenciales del Servicio Andaluz de Salud. Del mismo modo, se propone definir las funciones de estos profesionales, los requisitos y modos de acceso a las plazas, su jornada y sus retribuciones.

Posibles soluciones alternativas

No se contemplan otras alternativas a un proyecto de orden, dado que la normativa vigente establece que la modificación de las categorías profesionales en el Servicio Andaluz de Salud ha de hacerse mediante norma promulgada por la persona titular de la Consejería competente en materia de salud. Tampoco, por tanto, es posible contemplar alternativas no regulatorias.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de su publicación, a través del siguiente buzón de correo electrónico:

consultas.previas.csafa@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sanidad, Presidencia y Emergencias
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