Proyecto de Decreto de modificación del Decreto 112/2001, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Escuelas Taurinas de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

- Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

- Reglamento de espectáculos taurinos, aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero. 

- Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, que autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones de carácter reglamentario sean precisas para la regulación y ordenación administrativas de los espectáculos taurinos.

- Reglamento de escuelas taurinas de Andalucía, aprobado por el Decreto 112/2001, de 8 de mayo.

Problemas que se pretenden solucionar

- La obsolescencia del procedimiento administrativo de apertura de escuelas taurinas en Andalucía y de los requisitos que deben cumplir las instalaciones para adaptarlas a la realidad normativa actual que, tras años de vigencia de la anterior norma, era necesaria incorporarla al ordenamiento jurídico vigente.

- Velar por la promoción y difusión de la cultura taurina, así como garantizar los derechos y deberes de todos los profesionales, alumnado y participantes en el espectáculo público.

- Proporcionar una acción más favorable para el bienestar de los animales sujeto a la intervención en un espectáculo conforme a la normativa de aplicación.

- El diseño e información curricular de las materias formativas impartidas por las escuelas taurinas de Andalucía.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Atender las propuestas de mejora y revalorización de la actividad formativa de las escuelas taurinas, que se recogen en el Plan Estratégico Nacional de Fomento y Protección de la Tauromaquia (PENTAURO), y específicamente en el documento base aprobado por el Consejo de Asuntos Taurinos de Andalucía sobre mejoras en la fiesta de los toros y fomento de la tauromaquia.

Objetivos de la norma

- Sustituir el procedimiento de autorización previa por la presentación de una declaración responsable previa al inicio de la actividad, eliminando trabas y requisitos obsoletos, para adaptarlo a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y al resto de normativa sobre simplificación de trabas administrativas para las empresas y el ejercicio de actividades y a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Mejorar la calidad de la preparación teórica y práctica de los futuros profesionales, estableciendo contenidos mínimos en los planes de enseñanza y ampliando los requisitos y condiciones de las clases prácticas con reses, dado que constituyen un instrumento único e imprescindible para garantizar el aprendizaje de los futuros profesionales del toreo.

Posibles soluciones alternativas

En el presente proyecto normativo no se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico: participa.sginterior.cpai@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sanidad, Presidencia y Emergencias
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