Proyecto de Decreto por la que se regula la concesión de condecoraciones y distinciones honoríficas otorgadas al personal de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía o a personas e instituciones que colaboren con la misma.

Información general

Antecedentes de la norma

- Artículo 65 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

- Artículo 47 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, que establece la adscripción de Unidades del Cuerpo Nacional de Policía a la Comunidades Autónomas.

- Real Decreto 221/1991, de 22 de febrero, con la modificación operada por el Real Decreto 1089/2000, de 19 de junio, reguló la organización de las Unidades del Cuerpo Nacional de Policía adscritas a las Comunidades Autónomas y estableció las peculiaridades del régimen estatutario de su personal.

- Orden de 31 de agosto de 1993, del Ministerio del Interior, se creó la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

Si bien es cierto que, desde otros ámbitos de la actividad pública, se ha venido otorgando premios y distinciones, existen funcionarios policiales de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita y, en general, personas físicas y jurídicas que merecen un público testimonio de admiración y reconocimiento por haber realizado actuaciones destacadas en materia de seguridad pública.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La actuación de funcionarios de la citada Unidad merece ser reconocida cuando exceda con carácter extraordinario de su normal cumplimiento profesional, en beneficio de la libertad, seguridad y convivencia de la ciudadanía, o también por su constancia y dedicación al servicio dentro de la propia Unidad. Asimismo, se debe premiar la labor que puedan realizar personas ajenas a la Unidad que merecen tal reconocimiento.

Objetivos de la norma

Esta norma tendrá por objeto la aprobación de la Medalla Mérito Policial de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para premiar y reconocer, tanto a los funcionarios policiales de la citada Unidad como a las personas o entidades, públicas o privadas, la prestación de servicios, acciones o méritos excepcionales relacionados con las distintas singularidades y competencias de la misma.

Posibles soluciones alternativas

No se han encontrado otras soluciones, considerando que se quiere otorgar a estas distinciones la relevancia, transparencia e importancia que desde la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior se otorga a la seguridad pública.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, los municipios afectados, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico: participa.sginterior.cpai@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sanidad, Presidencia y Emergencias
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