Convenio de Colaboración para el desarrollo del Instituto de Investigación e Innovación Biomédica de Cádiz (Inibica).
Objeto
Constituye el objeto del presente Convenio el desarrollo del Instituto de Investigación e Innovación Biomédica de Cádiz, en adelante INiBICA, creado en el seno de la Fundación para la Gestión de la Investigación Biomédica de Cádiz, que ostenta su representación, con el objetivo último de contribuir a que se posicione como centro de referencia nacional e internacional en el campo biomédico, estableciendo el instrumento jurídico que requiere el artículo 4.a) del Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria.
El INiBICA se concibe como un espacio de investigación sanitaria multidisciplinar, que integra al Hospital Universitario Puerta del Mar (HUPM) y a la Universidad de Cádiz (UCA), como núcleos de su actividad, e incorpora además al conjunto de centros del Sistema Sanitario Público de la provincia de Cádiz, tanto de Atención Primaria como Especializada: el Hospital Universitario de Jerez de la Frontera (HUJF), el Hospital Universitario de Puerto Real (HUPR), el Hospital Universitario “Punta de Europa” de Algeciras (HUPE), el Hospital Universitario de la Línea de la Concepción (HULL), y los centros del Área de Gestión Sanitaria de Jerez, Costa Noroeste y Sierra de Cádiz (AGSJCNSC), del Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Oeste (AGSCGO), del Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Este (AGSCGE), y del Distrito de Atención Primaria Bahía de Cádiz – La Janda.
El INiBICA tiene el objetivo de llevar a cabo una investigación biomédica multidisciplinar y competitiva de nivel internacional sobre las causas de las patologías más prevalentes en la población y el desarrollo de nuevos métodos de diagnóstico y tratamiento para las mismas. El INiBICA se basará en la investigación fundamental al nivel molecular o celular con el objetivo de la transferencia inmediata de los conocimientos a la realidad clínica. Esta investigación traslacional, una de las características genuinas del INiBICA, sólo es posible en estructuras que combinan en un mismo lugar la medicina molecular con la práctica clínica de calidad. En el INiBICA se potenciará, además, la investigación de calidad clínica y epidemiológica y la tecnológica. El INiBICA tiene su sede en el HUPM. Adicionalmente, dispondrá de las instalaciones que se incorporen al mismo, tanto de centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía como de la UCA, en los términos establecidos en la legislación patrimonial.
Obligaciones económicas
La CSPE, la CUII y la UCA manifiestan su compromiso de promover la autofinanciación del instituto a través de sus ingresos de funcionamiento. En el supuesto de que los ingresos mencionados no sean suficientes para cubrir los gastos de funcionamiento comunes, las partes modificarán el presente Convenio mediante una Adenda para establecer los compromisos de financiación que precise el sostenimiento del INiBICA.
La CSPE, la CUII y la UCA se comprometen a apoyar financieramente al INiBICA a fin de promover la sostenibilidad, contribuyendo a partes iguales a financiar, en caso de ser necesario, la cobertura del déficit que pudiera producirse de manera temporal entre los ingresos y los gastos de funcionamiento comunes hasta que el Instituto alcance su autofinanciación.
En relación a lo anterior, las aportaciones a partes iguales para la cobertura del déficit que, en su caso, pudieran ser necesarias, se determinarían previamente al comienzo del ejercicio presupuestario en el seno del Consejo Rector, y se formalizarían en una Adenda de modificación del presente Convenio, estableciendo un calendario de pagos hasta la suficiencia financiera. No obstante, este compromiso de financiación se sustenta sobre el cumplimento de los objetivos científicos del Instituto (el primero de los cuales será obtener la acreditación como instituto de investigación sanitaria otorgada por el Instituto de Salud Carlos III) definidos y evaluados de acuerdo con los principios establecidos en este Convenio, así como en el cumplimiento de los objetivos económicos, especialmente los relativos a la eficiencia en la gestión del presupuesto y a la orientación a la autofinanciación de las UCAIB y del Instituto en su conjunto.
Las aportaciones para cubrir el déficit se efectuarán por la CSPE, la CUII y la UCA de acuerdo con los procedimientos e instrumentos permitidos a cada una de las entidades firmantes por la normativa que les sea de aplicación y, en todo caso, de acuerdo con el principio de contribución en partes iguales, con sujeción a las disponibilidades presupuestarias, y sometimiento a fiscalización previa del expediente correspondiente a cada ejercicio. En este sentido, la gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los compromisos financieros de la CSPE, de la CUII, y de la UCA se ajustarán a lo dispuesto en la legislación presupuestaria y, en su caso, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la normativa autonómica de desarrollo. En ningún caso las aportaciones de los firmantes podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del Convenio. El presente Convenio es financieramente sostenible y las partes tienen capacidad suficiente para financiar los compromisos asumidos durante su vigencia.
Previo acuerdo del Consejo Rector y de los órganos de gobierno de cada una de las instituciones en los términos previstos en su normativa, será posible la aportación mediante la cobertura directa de gastos de funcionamiento comunes del Instituto según el presupuesto anual aprobado.
La consejería