Convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y la Sociedad de San Vicente de Paúl en España, en materia de voluntario.
Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Directora Gerente del Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada (mediante delegación de firma de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud)
El Presidente Nacional de la Sociedad de San Vicente de Paúl en España.
Duración
Este convenio de colaboración producirá efectos desde la fecha de su firma por el plazo de un año, pudiendo prorrogarse mediante acuerdo unánime de las partes por el plazo máximo de 4 años adicionales, antes de la finalización del plazo inicial, debiendo dicho acuerdo formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
Objeto
El Convenio de colaboración entre el SAS y la Sociedad de San Vicente de Paúl tiene por objeto ofrecer un proyecto solidario de apoyo y acompañamiento para la mejora de la calidad de vida de los pacientes y sus familias en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves (en adelante, HUVN), para dar respuesta a la soledad y sufrimiento, y como factor de humanización en estos espacios.
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el SAS, para el HUVN.
La Asociación Sociedad de San Vicente de Paúl facilitará los recursos necesarios para la ejecución del objeto de este convenio.
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La consejería