Convenio específico de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y Ceifer Biobanco Sevilla, S.L. (Clínica Next Fertility Sevilla) para el traslado puntual de muestras biológicas de pacientes del Hospital Universitario Virgen del Rocío.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Directora Gerente del Hospital Universitario Virgen del Rocío (mediante delegación de firma de la Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud)
El Administrador Único en nombre y representación de la entidad mercantil Ceifer Biobanco Sevilla, S.L. (Clínica Next Fertility Sevilla)
Duración
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de cuatro años, de conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de rescindirlo, bien mediante carta certificada, bien por cualquier otro medio que acredite fehacientemente tal voluntad solutoria, con una antelación mínima de un mes respecto de la fecha de expiración del plazo inicial o del de la prórroga en que, en su caso, se hallase el Convenio.

Objeto

El presente Convenio de colaboración regula el traslado puntual de muestras biológicas (ovocitos, semen y preembriones) de pacientes de la UGC Medicina materno fetal, genética y reproducción del Hospital Universitario Virgen del Rocío, que hayan solicitado el traslado de las mismas a Ceifer Biobanco Sevilla, S.L (Clinica Next Fertility Sevilla), a fin de proseguir con su tratamiento.

El objeto de este Convenio, conlleva la cesión de datos de carácter personal de los pacientes, que se harán conforme a lo establecido en la cláusula décima y en el Anexo III.

Obligaciones económicas

La firma del presente Convenio no tendrá ningún coste económico para el Servicio Andaluz de Salud. Los gastos derivados del mismo serán sufragados por Ceifer Biobanco Sevilla, S.L (Next Fertility Sevilla) y/o por los propios pacientes.

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