Información sobre servicios de notificación telemática
Las personas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual sujetas al ámbito competencial de la Junta de Andalucía, así como aquellas que participen en los procedimientos de otorgamiento de licencias para prestar dichos servicios, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración de la Junta de Andalucía, conforme establece el artículo 6 del Decreto 90/2025, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía y el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En virtud de dichos preceptos, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, las notificaciones practicadas por la Dirección General de Comunicación Social en el ámbito de los procedimientos que se relacionan a continuación se realizarán por medios electrónicos, a través del “Sistema de Notificaciones Electrónicas” de la Administración de la Junta de Andalucía, accesible a través de la siguiente dirección web: https://www.juntadeandalucia.es/notificaciones.
Procedimientos de la Dirección General de Comunicación Social relacionados con la gestión audiovisual:
- Inicio de la prestación de un servicio de comunicación audiovisual sujeto al régimen de licencia o concesión previa (25923)
- Inicio, modificación o cese de la prestación de un servicio de comunicación audiovisual sujeto al régimen de comunicación previa (24310)
- Otorgamiento de una concesión para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual (24314)
- Otorgamiento de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (24313)
- Renovación de una licencia o concesión para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (24316)
- Modificación de una licencia o concesión para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (25635)
- Negocio jurídico sobre una licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (24318)
- Extinción por renuncia de una licencia o concesión para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (24322)
- Extinción de oficio de una licencia o concesión para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (24323)
- OCM (Órgano de Coordinación del Múltiple) para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (24336)
- Prestación continuada de un servicio de comunicación audiovisual (24339)
- Proyecto audiovisual vinculado a una licencia o concesión para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (25926)
- Proyecto técnico y autorización de puesta en servicio de estaciones radioeléctricas para la prestación de servicios de comunicación audiovisual (24370)
- Entidades sin ánimo de lucro interesadas en la prestación del servicio de comunicación audiovisual (24333)
- Registro de personas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual de la Comunidad Autónoma de Andalucía (25634)
- Procedimiento sancionador en materia de telecomunicaciones (978)
El acceso a dicho “Sistema de Notificaciones Electrónicas” requiere certificado electrónico válido de un prestador reconocido por la Junta de Andalucía y correctamente instalado y configurado en su ordenador.
Las notificaciones en dicho Sistema se pondrán a disposición de su destinatario, ya sea persona física o jurídica. En este último caso, podrán acceder a las mismas las personas físicas que cuenten con certificado electrónico de representante de persona jurídica, así como las que actúen como administradores únicos o solidarios de la misma.
De acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 90/2025, de 2 de abril, y en aplicación de lo establecido en el artículo 14 de la ya referida Ley 39/2015, de 1 de octubre, se informa que en los procedimientos enumerados no se admitirá la presentación de documentación en soporte papel, debiendo hacer uso de los formularios electrónicos específicos para dichos procedimientos o, en su defecto, de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, accesible a través del enlace web hhttps://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicioOrganismo.xhtml , dirigiendo el formulario a la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. Se requiere disponer de certificado electrónico en vigor.
Alternativamente, puede hacer uso del “Registro Electrónico General” de la Administración General del Estado, accesible a través del enlace web https://rec.redsara.es, debiendo indicar como “organismo destinatario” del formulario la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa de la Junta de Andalucía. Podrá identificarse igualmente mediante certificado electrónico en vigor; o bien mediante el sistema Cl@ve que admite, previo registro, la posibilidad de usar Cl@ve ocasional (Cl@ve PIN) o Cl@ve permanente.
La consejería