Habilitación provisional para la explotación del servicio de TDTL

Con la finalidad de paliar la situación perjudicial a la ciudadanía y al sector audiovisual derivada del cese de las emisiones de Televisión Digital Terrestre en Andalucía (TDT) tras la anulación judicial de la convocatoria del concurso de TDT local de 2021 por Sentencias núms. 3333/2024, 3356/2024 y 3425/2024 del TSJA, el Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto-ley 3/2025, de 4 de agosto, por el que se articula un periodo transitorio para garantizar la prestación del servicio de Televisión Digital Terrestre de ámbito local en Andalucía gestionado por particulares.

El Decreto-ley entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA nº 152, de 8 de agosto, y durante el plazo máximo de un mes contado desde dicha fecha de entrada en vigor, las personas adjudicatarias de licencia otorgada en virtud del Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, podrán solicitar acogerse a la habilitación provisional regulada en el mismo en aquellas demarcaciones en las que, a la fecha de publicación, fueran titulares de esa licencia.

La presentación de la solicitud, dirigida a la Dirección General de Comunicación Social, podrá realizarse a través de la Presentación Electrónica General de la ventanilla electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (PEG-JA, accesible a través de la dirección https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/), así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, habida cuenta de su obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del citado Decreto-Ley, y en aplicación de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía podrá consultar más información sobre el procedimiento: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25882.html.

MODELO DE SOLICITUD: en el apartado "6. Estado del procedimiento" del anterior enlace (o, directamente, desde este enlace (pdf)) puede descargarse un modelo de solicitud de habilitación provisional que cumple con lo establecido en el referido Decreto-ley. La solicitud presentada deberá estar firmada por la persona titular de la licencia o por su representante legal acreditado.