Proyecto de Protocolo entre la Agencia Española de Protección de Datos y el Instituto Andaluz de la Mujer para la colaboración en materia de atención a las personas cuyos datos se hayan obtenido y difundido ilegítimamente en caso de imagenes,videos,etc
Objeto
El presente Protocolo de Actuación tiene por objeto articular la colaboración entre la Agencia Española de Protección de Datos y el Instituto Andaluz de la Mujer para la realización de cuantas actuaciones contribuyan a incrementar la eficacia de las medidas de atención a la mujer cuando sus datos se hayan obtenido y difundido ilegítimamente a través de Internet, en particular imágenes, vídeos, o audios con datos sensibles.
A estos efectos, se entenderá por datos especialmente sensibles los descritos en el artículo 9.1 del RGPD.
En este marco de actuación, la AEPD y el IAM se prestarán la colaboración mutua que al efecto precisen y seguirán intensificando, con carácter institucional, sus relaciones, estableciendo iniciativas y actividades comunes dirigidas a promover la garantía de los derechos de las víctimas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Modificaciones
El presente Protocolo General de Actuación podrá ser modificado, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante acuerdo expreso y unánime de las partes firmantes. La modificación se incorporará como adenda al Protocolo y se considerará como parte integrante del mismo.
El presente Protocolo General de Actuación podrá extinguirse por las causas siguientes:
- Por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
- El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga del mismo.
- El mutuo acuerdo de las partes firmantes.
- La decisión unilateral de cualquiera de las partes en cualquier momento, bastando un preaviso a la otra parte con un mes de antelación.
Obligaciones económicas
No contiene Obligaciones Economicas
La consejería