Visado de autorizaciones de transporte en el año 2026. Documentación
Relación de documentación que, de modo orientativo, deberá ser presentada, para obtener el visado de las autorizaciones de transporte, sin perjuicio de que por los órganos gestores de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, de la provincia que corresponda, se pueda solicitar cualquiera otra que consideren necesaria para la resolución de los expedientes.
1. Visado taxi, (VT)
Documentos a aportar:
- Tasa por vehículo (no hay por la empresa).
- Seguro de responsabilidad civil de empresa, por daños que se causen con ocasión del transporte, de al menos 50 millones de euros (póliza y recibo vigente del pago de la prima). (art 45.2 h de la orden de 4 de febrero de 1993)
- Licencia municipal de auto-taxi en vigor.
- En el caso de que el vehículo no sea de propiedad, deberá presentar el contrato de arrendamiento. Si el contrato de arrendamiento es de larga duración (3 meses en 12 meses), deberá estar inscrito en la Dirección General de Tráfico.
- Ficha técnica y permiso de circulación de los vehículos.
2. Visado vehículo de transporte de personas con conductor (VTC)
Documentos a aportar:
- Tasa por cada vehículo (no hay por la empresa).
- En el caso de que el/los vehículo/s no sean de propiedad, deberá presentar el contrato de arrendamiento. Si el contrato de arrendamiento es de larga duración (3 meses en 12 meses), deberá estar inscrito en la Dirección General de Tráfico.
- Ficha técnica y permiso de circulación de los vehículos.
- Acreditar el cumplimiento del 10% de vehículos adaptados para empresas que tengan 10 ó más vehículos. Deberán aportar un certificado en el que se indique las matrículas de los vehículos adaptados.
3. Visado transporte de personas discrecional público (VD)
Documentos a aportar:
- Tasa por cada vehículo y por la empresa.
- En el caso de que el/los vehículo/s no sean de propiedad, deberá presentar el contrato de arrendamiento. Si el contrato de arrendamiento es de larga duración (3 meses en 12 meses), deberá estar inscrito en la Dirección General de Tráfico.
- Ficha técnica y permiso de circulación de los vehículos.
- Acreditar capacidad financiera por importe de 9.000 euros por el primer vehículo, y 5.000 euros más por cada vehículo adicional.
a. - Si el titular es persona física:
- Se presumirá que cumple el requisito cuando ninguno de los vehículos adscritos a su autorización rebase la antigüedad de doce años, contada desde su primera matriculación, y disponga de ellos en propiedad, arrendamiento financiero, o arrendamiento ordinario no inferior a 24 meses. En caso de que algún vehículo supere la antigüedad se deberá aportar documentación justificativa conforme a lo indicado en el artículo 121-3 del Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre (RD 1211/1990, de 28 de septiembre).
b.- Si el titular es persona jurídica:
- Último impuesto de sociedades y/o escrituras para acreditar la capacidad económica, o se deberá aportar documentación justificativa conforme a lo indicado en el artículo 121-3 del Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre (RD 1211/1990, de 28 de septiembre).
4. Visado de transporte de personas privado complementario (VPC)
Documentos a aportar:
- Tasa por cada vehículo y por la empresa.
- En el caso de que el/los vehículo/s no sean de propiedad, deberá presentar el contrato de arrendamiento. Si el contrato de arrendamiento es de larga duración (3 meses en 12 meses), deberá estar inscrito en la Dirección General de Tráfico.
- Ficha técnica y permiso de circulación de los vehículos.
- Documentación justificativa del número de trabajadores propios, proveedores y clientes que asisten a sus centros con habitualidad.
5.- Visado ambulancia sanitario público (VS)
Documentos a aportar:
- Tasa por cada vehículo.
- Seguro de responsabilidad civil de empresa, por daños que se causen con ocasión del transporte, de al menos 50 millones de euros (póliza y recibo vigente del pago de la prima).
- En el caso de que el/los vehículo/s no sean de propiedad, deberá presentar el contrato de arrendamiento. Si el contrato de arrendamiento es de larga duración (3 meses en 12 meses), deberá estar inscrito en la Dirección General de Tráfico.
- Certificación técnico-sanitaria en vigor de cada uno de los vehículos expedida por la Consejería competente en Sanidad.
- Ficha técnica y permiso de circulación de los vehículos.
- Acreditación de la disposición de locales abiertos al público en poblaciones de más de 20.000 habitantes (art. 10.e y 14 de la Orden 1435/2013).
- Certificado ISO 9001 (Artículo 10j de la Orden 1435/2013).
- Acreditar que disponen de un profesional que tenga el certificado acreditativo de haber superado el curso superior en Gestión de Transporte Sanitario (art 10k de la Orden 1435/2013).
6.- Visado ambulancia privado complementario (VSPC)
Documentos a aportar:
- Tasa por cada vehículo.
- Ficha técnica y permiso de circulación de los vehículos.
- En el caso de que el/los vehículo/s no sean de propiedad, deberá presentar el contrato de arrendamiento. Si el contrato de arrendamiento es de larga duración (3 meses en 12 meses), deberá estar inscrito en la Dirección General de Tráfico.
- Certificación técnico-sanitaria en vigor de cada uno de los vehículos expedida por la Consejería competente en Sanidad.
- Documentación acreditativa del volumen de transporte que razonablemente pueda verse obligado a atender.
7.- Visado transporte privado complementario de mercancías (MPCE)
Documentos a aportar:
- Tasa por cada vehículo y por la empresa.
- En el caso de que el/los vehículo/s no sean de propiedad, deberá presentar el contrato de arrendamiento. Si el contrato de arrendamiento es de larga duración (3 meses en 12 meses), deberá estar inscrito en la Dirección General de Tráfico.
- Documentación que acredite el volumen de mercancías adquiridas y producidas por la empresa, de acuerdo con el número de clientes y proveedores. Si se trata de una persona feriante, boletines de enganche de las atracciones o justificante de pago de tasa de instalación en alguna feria.
- Ficha técnica y permiso de circulación de los vehículos.
La consejería