Consejo Asesor del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA)
Información general
Titular
Órgano colegiado
Funciones
Funciones del Consejo Asesor.
El Consejo Asesor del IESPA conocerá sobre aquellos asuntos que la persona que ejerza la Presidencia del mismo someta a su consideración y en especial sobre:
- Las normas legales o reglamentarias que afecten a las funciones encomendadas al Instituto.
- El Plan Anual de Formación del IESPA.
- La memoria anual del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía.
- Las memorias anuales de las actividades formativas realizadas por las Escuelas Municipales de la Policía Local.
- Las tasas y precios públicos derivados del ejercicio de la actividad del Instituto.
- El Reglamento de Régimen Interior del Instituto.
- Las solicitudes de aquellas Escuelas Municipales de la Policía Local que pretendan tener la condición de acreditadas.
- Los requisitos para la homologación de los cursos impartidos por las Escuelas de Policía, Escuelas de Bomberos u otras entidades públicas o privadas.
- El contenido de los cursos preceptivos de ingreso y capacitación de los Cuerpos de la Policía Local.
- El contenido de los cursos para adquirir la condición de persona funcionaria de carrera, tanto de la escala básica como de las escalas ejecutiva y superior, de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento.
- El contenido del curso de formación básica para el Voluntariado de Protección Civil.
Composición del Consejo Rector.
El Consejo Rector tendrá la siguiente composición:
- Presidencia: Titular de la Presidencia de la Agencia.
- Vicepresidencia Primera: Titular de la Vicepresidencia de la Agencia.
- Vicepresidencia Segunda: Titular del órgano directivo al que esté adscrita la Agencia.
- Vocalías:
- Titular de la Dirección General con competencias en emergencias, protección civil y lucha contra incendios forestales.
- Titular de la Dirección General con competencias en materia de Administración Local.
- Titular de la Dirección General con competencias en materia de Universidades.
- Titular de la Dirección General con competencias en materia de Ordenación y Evaluación Educativa.
- Titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.
- Titular de la Dirección General con competencias en materia de asistencia sanitaria del Servicio Andaluz de Salud.
- Titular de la Dirección General con competencias en materia de Salud Pública.
- Titular de la Dirección General con competencias en materia de política forestal.
- Titular de la Dirección del Instituto.
- Una persona en representación de la Dirección General en materia de Tráfico, designada por la persona titular de la Delegación del Gobierno de España en Andalucía.
- Tres representantes de los Ayuntamientos andaluces, a propuesta de la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de mayor implantación en Andalucía.
- Titular de la Dirección de una Escuela Municipal de Policía Local Acreditada o Concertada con el Instituto a propuesta de la Dirección del Instituto.
- Titular de la dirección de una Escuela Municipal de Policía Local a propuesta de la Dirección del Instituto.
- Titular en representación de la asociación con mayor implantación de jefes y directivos de la Policía Local en Andalucía a propuesta de la persona titular de la Presidencia de dicha asociación.
- Una persona integrante de la Unidad de Policía Nacional Adscrita a la Junta de Andalucía a designar por la Jefatura de la misma.
- Tres personas en representación de las organizaciones sindicales, a propuesta de cada una de las tres más representativas entre el personal de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en razón al mayor número de representantes obtenidos.
- Una persona en representación de las Agrupaciones de Voluntariado de Protección Civil a propuesta de la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de emergencias y protección civil.
- Una persona en representación de la asociación de Técnicos de Protección Civil con mayor implantación en Andalucía a propuesta de la persona titular de la Presidencia de dicha asociación.
- Secretaría: Actuará, con voz y sin voto, una persona funcionaria que preste servicios en la Agencia, con rango al menos de Jefatura de Servicio.
Normativa de referencia
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La agencia