El Consejo aprueba la modificación de la Ley de Cajas de Ahorros para fortalecer el sistema financiero andaluz
El consejero de Economía, Innovación y Ciencia, Antonio Ávila.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto-Ley que modifica la Ley de Cajas de Ahorros de Andalucía para adaptarla a los cambios introducidos en la legislación estatal por el Real Decreto-Ley 11/2010. Ambos textos legales tienen como objetivo fortalecer el sistema financiero y facilitar el flujo de crédito mediante la capitalización de las entidades y la profesionalización de su gestión y de sus órganos de gobierno.
Para reforzar la capitalización y facilitar el acceso a recursos financieros en iguales condiciones que el resto de las entidades de crédito, el Decreto-Ley regula las figuras de los Sistemas Institucionales de Protección (SIP); el ejercicio indirecto de la actividad financiera de las cajas a través de entidades bancarias, y la transformación en fundaciones de carácter especial que gestionan la obra social.
Estos tres modelos organizativos deberán acordarse por una mayoría reforzada de dos tercios en la Asamblea General. En el caso de las dos primeras opciones, la autorización corresponde a la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, mientras que la tercera será autorizada por el Consejo de Gobierno.
La caja que se convierta en fundación de carácter especial estará bajo el protectorado de la Consejería, que tendrá derecho a designar un representante en su Patronato. Este órgano, integrado por un máximo de 20 miembros, deberá reflejar en su composición la misma proporcionalidad de grupos públicos y privados que figuraban en los órganos de gobierno de la caja transformada. Los representantes originarios podrán formar parte del primer Patronato de la nueva fundación y permanecer en el cargo por el tiempo que les reste hasta la finalización de sus mandatos.
Respecto a los porcentajes de representación de los diferentes grupos en los órganos de gobierno, las corporaciones municipales reducen su proporción del 22% al 15%, mientras que la Junta de Andalucía pasa del 15 al 12%.
Por el contrario, incrementa su peso (del 8% al 18%) el grupo englobado bajo la denominación ‘Otras Organizaciones’, en el que se incluyen los colectivos con representación en el Consejo Económico y Social de Andalucía (empresarios, sindicatos, economía social y consumidores, entre otros).
Por su parte, mantienen la misma representación los impositores (27%),los empleados (15%) y las entidades fundadoras (13%). No obstante, en el caso de que en este último grupo se incluyan también entidades privadas, su cuota participativa será del 18%, reduciéndose la representación de los impositores y del grupo ‘Otras Organizaciones’ al 25% y al 15%, respectivamente.
En cuanto al régimen de cuotas participativas en los órganos de gobierno, el Decreto-Ley introduce como principal novedad la concesión de derechos políticos a sus titulares. De este modo, los representantes de las administraciones públicas, impositores, empleados, entidades fundadoras y otras organizaciones podrán tener derecho a voto y a información de acuerdos.
Incompatibilidades
Las incompatibilidades, recogidas en la legislación básica estatal, se refieren a la imposibilidad de simultanear las funciones en los órganos de gobierno con un cargo político electo o un alto cargo en la Administración pública. Para su cumplimiento se establece un plazo máximo legal de tres años.
En relación con las retribuciones de los miembros de los órganos, el Decreto-Ley prohíbe la percepción simultánea de dietas y sueldos. En el caso de la modalidad SIP y del ejercicio indirecto de la actividad a través de entidad bancaria, tampoco se permiten los sueldos o indemnizaciones dobles (una por la caja y otra por la entidad bancaria).
Estas retribuciones de directivos, que deberán ser aprobadas por las asambleas generales de las cajas de acuerdo con criterios de austeridad, no podrán ser en ningún caso superiores a las fijadas para el Presidente de la Junta de Andalucía.
En consonancia con la legislación estatal, la norma aprobada hoy prohíbe que se lleven a cabo renovaciones totales de los órganos de gobierno de las cajas tras la finalización de sus mandatos de seis años. Esta medida también se aplica en el caso de conclusión de los periodos transitorios de órganos de gobierno en procesos de fusión para la creación de nuevas entidades.
La nueva regulación de las cajas de ahorros se completa, entre otros aspectos, con la introducción del principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de gobierno de las cajas, de acuerdo con lo previsto en la Ley para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
En relación con la normativa vigente hasta ahora, el texto mantiene garantías significativas referidas al interés general de la comunidad autónoma. Destaca en este sentido la obligación de que las cajas foráneas que operen en el territorio andaluz a través de SIP o de bancos reviertan con su obra social la proporción de beneficios obtenidos por su actividad en la comunidad.
Finalmente, y al margen de la regulación de las cajas, el Decreto-Ley aprobado por el Consejo de Gobierno incluye la creación del Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas, dotado con 70 millones de euros. El nuevo instrumento financiará los planes en esta materia incluidos en el programa de apoyo a empresas viables con dificultades coyunturales, que la Junta promueve desde el año 2008 a través de la concesión de préstamos, avales, bonificaciones de intereses y otras ayudas reembolsables.
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