Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España para la realización de las tareas auxiliares que faciliten el control de requisitos para las ayudas a entidades
Objeto
El objeto del presente Convenio lo constituye la regulación de las condiciones de colaboración entre la Junta de Andalucía y el Colegio de Registradores para la realización de determinadas tareas auxiliares que permitan verificar y comprobar la concurrencia de los requisitos exigidos ex lege para entender que las entidades solicitantes pueden ser consideradas bien «PYME», bien «empresas en crisis», en el marco de la gestión y tramitación de las ayudas gestionadas por la Junta de Andalucía.
Modificaciones
Para la modificación del presente Convenio se estará a lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se formalizará mediante adenda conforme a los trámites previstos legalmente en aquellos supuestos en los que fuera necesario
Obligaciones económicas
La firma de este Convenio no comporta por sí misma ningún tipo de obligación o contraprestación económica.
La consejería