Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y la Cámara de Cuentas de Andalucía sobre atribución de competencias al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Objeto
El objeto del presente Convenio es la atribución por parte de la Cámara de Cuentas de Andalucía al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, de la competencia para la tramitación y resolución de los recursos y solicitudes de adopción de medidas provisionales de los actos del procedimiento de adjudicación y contratos a que se refieren los artículos 44 y 49 de la LCSP.
Del mismo modo, corresponderá al Tribunal, en los términos en el artículo 57.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, velar por la ejecución de las resoluciones adoptadas por él.
Modificaciones
El contenido de este Convenio únicamente podrá modificarse por acuerdo unánime de las partes firmantes, que se formalizará mediante adenda modificativa.
Obligaciones económicas
El presente Convenio no supone gasto para la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, ni para la Cámara de Cuentas de Andalucía.
La consejería