Convenio de Colaboración con la Consejería de Cultura y Deporte, Fundación Andalucía Olímpica, Fundación Pública Andaluza y el Comité Olímpico Español, para la realización del proyecto "TO@S OLÍMPIC@S", durante el curso 2025/2026
1.La duración del presente convenio se extenderá desde el 8 de enero de 2026 al 5 de junio de 2026.
2. Finalizado el plazo de vigencia del convenio, éste permanecerá en vigor respecto de aquellos aspectos y obligaciones dimanantes del mismo que, por causas ajenas a las partes, no hubieran podido cumplirse a la fecha de vencimiento del presente Convenio.ç
3. En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en esta cláusula, los firmantes del convenio podrán acordar su unánimemente su prórroga, que deberá formalizarse como adenda al mismo. En ningún caso habrá lugar a la prórroga tácita del presente convenio
Objeto
Es objeto del presente convenio determinar el régimen de colaboración económica y técnica entre la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, la Consejería de Cultura y Deporte, la Fundación Andalucía Olímpica Fundación Pública Andaluza y el Comité Olímpico Español, para la realización del proyecto "Tod@s Olímpic@s" durante el curso 2025/2026.
Modificaciones
No se prevé ningún régimen especial de modificación del Convenio por lo que, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la modificación del contenido el convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Obligaciones económicas
Según la memoria económica, con objeto de proceder a regular la colaboración entre las partes, la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Cultura y Deporte, aportará al Comité Olímpico Español la cantidad máxima total (IVA y cualesquiera gastos incluidos) de 69.210 euros, de acuerdo con el presupuesto del proyecto, cuyos importes se han estipulado teniendo en cuenta precios de mercado para actividades de naturaleza análoga.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del proyecto existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre el número definitivo de las sesiones que se realicen, que afecten a la previsión inicial total, el importe del Convenio podría reducirse finalmente, de manera proporcional, en función de las sesiones que efectivamente se realicen Para determinar si se ha realizado la actividad será suficiente con un certificado de conformidad total o parcial de la persona titular de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de la Consejería de Cultura y Deporte, tras la comprobación correspondiente con los centros educativos participantes en el proyecto. Dicho certificado habrá de ser emitido con carácter previo al pago del importe definitivo. Si no se realizase alguna de las visitas, se restará de dicho importe máximo haciendo un cálculo proporcional teniendo en cuenta las partidas incluidas en el presupuesto.
La partida presupuestaria será la siguiente: 1900010000 G/46B/48604/00 01
La ejecución del Convenio queda sujeta a la correspondiente disponibilidad presupuestaria, una vez que se apruebe la Ley de Presupuestos de 2026. En caso de no contar con la disponibilidad presupuestaria necesaria, se tramitará la oportuna modificación presupuestaria con el objetivo de dar cobertura a este Convenio.
La consejería