Convenio de cooperación con el Ayuntamiento de Moclín (Granada), para la creación de una escuela infantil.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Moclín (Granada)
Duración
El presente Convenio surtirá efectos desde el día de su firma, tendrá una duración de cuatro años y, en cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

Objeto

La cooperación entre las partes firmantes para la creación de la escuela infantil “Pueblos de Colores”, ubicada en calle Alhambra, n.º 4, de Tiena, Moclín (Granada), la cual será efectiva a partir de la aprobación del correspondiente Decreto de creación.

Obligaciones económicas

La creación de la escuela infantil objeto del Convenio no supone gasto alguno con cargo al presupuesto de la Consejería de Desarrollo Educativo y FormaciónProfesional, ya que, como se establece en la estipulación cuarta de este Convenio corresponde al  Excmo. Ayuntamiento de Moclín asumir los gastos de construcción o adecuación del edificio en que se situará la escuela, así como los de su mantenimiento y conservación, mobiliario, material didáctico, gastos de funcionamiento y dotación de personal.  

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