LA JUNTA APRUEBA UNA REGULACIÓN ESPECÍFICA PARA LAS ORTOPEDIAS
El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se regulan de forma específica las condiciones y requisitos de instalación y funcionamiento de las ortopedias, establecimientos que hasta ahora se regían por la normativa general sobre autorización y registro de centros sanitarios.
Como principal novedad, el decreto exige la elaboración de planes de calidad que aseguren la conformidad de los productos ortoprotésicos con las prescripciones realizadas y que garanticen la satisfacción de los usuarios. Estos planes deberán incluir sistemas de información y vigilancia con el fin de mejorar el control sobre los productos y hacer posible el registro de las reclamaciones, devoluciones y adaptaciones que se produzcan, facilitando la retirada del mercado en los casos necesarios. Asimismo, la nueva norma eleva las exigencias para el personal de las ortopedias, que dispondrán al menos de un profesional que ejerza la dirección técnica.
En cuanto al procedimiento de autorización, las solicitudes deberán adjuntar, además de la documentación exigida, una declaración específica de los productos que conforman la cartera de servicios, con indicación de si son de fabricación a medida por el propio establecimiento o por un tercero. Esta oferta de servicios podrá estar integrada por vehículos para personas discapacitadas; prendas textiles de compresión; calzados ortopédicos; ortesis de columna y de miembros superiores e inferiores; prótesis de miembro superior e inferior, ortoprótesis, y otros productos y ayudas técnicas con adaptaciones individualizadas para paliar problemas de pérdida de autonomía y capacidad física.
Entre otros requisitos y condiciones, la norma obliga también a las ortopedias a contar con áreas diferenciadas de recepción y espera; gabinete de adaptación y toma de medidas; taller de adaptación y terminación, y sala de confección de moldes. Además, los establecimientos deberán tener todos los espacios adaptados a la normativa vigente en materia de seguridad y condiciones higiénico-sanitarias, así como cumplir las normas técnicas de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.
Las ortopedias que ya estén autorizadas pero que no reúnan los requisitos exigidos, dispondrán de seis meses a partir de la entrada en vigor del decreto para adecuar su equipamiento y de dos años para adaptar sus instalaciones. La autorización deberá ser renovada cada cinco años, a solicitud del interesado. En Andalucía funcionan actualmente 351 establecimientos sanitarios de este tipo.
La Junta