Convenio entre la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Granada, para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Granada
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Duración
El plazo de vigencia del presente convenio es de cuatro años desde el 2 de julio de 2021 hasta el 1 de julio de 2025.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

Objeto

Articular la colaboración entre la Consejería competente en materia de servicios sociales y el Ayuntamiento de Granada, para garantizar la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio a las personas que tengan reconocida la situación de dependencia y se les haya prescrito dicho servicio en el Programa Individual de Atención.

La Corporación Local asume la prestación del servicio en su correspondiente ámbito territorial y la citada Consejería se compromete a realizar las transferencias correspondientes a la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con cargo a la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio, de acuerdo con el sistema establecido en el artículo 22.1 de la Orden de 15 de noviembre de 2007, a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. 

Modificaciones

Cualquier modificación que altere lo establecido en este convenio habrá de ser pactada por acuerdo escrito de las partes con anterioridad a la finalización de la vigencia del convenio. En todo caso, el documento en el que se formalice la modificación deberá adjuntarse al presente como adenda.

Obligaciones económicas

Quedan recogidas en la cláusula tercera del presente convenio.

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