Convenio APPA-CN Adra. Tasa T5

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Por parte de APPA, el Director Gerente de la Agencia, D. Alfonso Rodriguez Gómez de Celis.
El Presidente del Real Club Náutico de Adra, D. Antonio Fernández Fernández
Duración
El presente convenio tendrá una duración de cinco años, y finalizará transcurrido cinco años desde el dia de su firma. El mismo podrá se prorrogado anualmente, siempre que el solicitante ostente titulo habilitante para la ocupación del dominio público portuario, previa solicitud de la entidad acompañado del correspondiente programa de actividades, y conformidad expresa por parte de la Agencia.

Objeto

Establecer la bonificación a aplicar en la cuota portuaria t-5 devengada a las embarcaciones que utilizan los amarres incluidos en las instalaciones gestionadas por la entidad, en correspondencia a las prestaciones que por tales entidades se realicen a favor de los fines que le son propios a esta Admón. Pública Portuaria    

Obligaciones económicas

  • Por parte de la Agencia: estudiado el programa de actividades presentado por la Asociación, y previa comprobación del cumplimiento del pago de las tasas y la gestión de la información necesaria para la liquidación de tasas y servicios, a otorgar una bonificación del 30% de la cuota tasa T-5.   
  • Por parte del Club Náutico: recaudar de los usuarios y abonar como sujeto pasivo, a título de sustituto, el importe de la tasa T-5 que se devengue  a los usuarios.
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