Objeto
Establecer la bonificacion a aplicar en la cuota de la Tasa portuaria T-5 devengada a las embaraciones que utilizan los amarres incluidos en las instalaciones gestionadas por la entidad, en correspondencia a las prestaciones que por tales entidade se realicen en favor de los fines que le son propios a esta Administracion Publica portuaria, regulado en el articulo 56.V.II de la Ley 21/2007
Obligaciones económicas
La Agencia se compromete a que una vez estudiado el programa de actividades presentado por la entidad, y previa comprobacion de que la misma ha procedido al cumplimiento estricto de las obligaciones previstas en el titulo otorgado, especialmente en materia de pago de tasa y en la gestion de la información necesaria para la liquidación de la tasas y servicios, a otorgar una bonificacion del 30% de la cuota de la Tasa T-5