Comité de Acuicultura de Andalucía

Funciones

Creación y naturaleza. (art.27):

  • Se crea el Comité de Acuicultura de Andalucía, como órgano de consulta y asesoramiento para el fomento, impulso y mejora de la actividad acuícola, adscrito a la Consejería competente en materia de acuicultura marina.

Grupos de trabajo.(Art.32):

  • El Comité podrá decidir la creación de grupos de trabajo para el análisis, seguimiento y estudio de temas concretos. Estos quedarán integrados por personas expertas en las correspondientes materias, procurando una composición multisectorial.
  • La decisión de creación del grupo de trabajo deberá especificar su composición, las funciones que se le encomiendan y, en su caso, el plazo para su consecución.

El Comité tendrá las siguientes funciones:

  • Informar con carácter preceptivo los proyectos normativos que afecten al desarrollo de la acuicultura.
  • Informar sobre cuantos asuntos les sean sometidos a su consideración por la Dirección General con competencia en materia de acuicultura marina. 

El Comité estará integrado por los siguientes miembros:

  • Presidencia: La persona titular de la Dirección General competente en materia de acuicultura marina.
  • Vicepresidencia: La persona que ejerza la presidencia de la asociación u organización representativa del sector acuícola andaluz que, con representación en el Comité, acredite un mayor volumen de producción acuícola de sus asociados respecto al total de la producción andaluza.
  • Secretaría: La persona titular de la Subdirección de la Dirección General competente en materia de acuicultura marina.
  • Vocalías:
    1. Una persona representante de la Dirección General con competencia en materia de producción agrícola y ganadera con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
    2. Una persona representante de la Dirección General competente en materia de prevención y calidad ambiental con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
    3. Una persona representante de la Dirección General competente en materia de gestión del medio natural con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
    4.  Dos representantes de la Dirección General con competencia en materia de acuicultura marina con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
    5. La persona titular de la Jefatura de Servicio con competencias en materia de acuicultura marina de cada una de las Delegaciones Territoriales o Provinciales ubicadas en las provincias del litoral andaluz, a propuesta de la persona titular de la Delegación Territorial.
    6. Una persona representante del Instituto Andaluz de Investigación y Formación, Agraria, Pesquera, Alimentación y de la Producción Ecológica con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente a propuesta de la persona titular de dicho organismo.
    7. Una persona en representación de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de la Dirección-Gerencia de dicha Agencia.
    8. Una persona representante de la Dirección General competente en materia de sostenibilidad de la costa y del mar, de la Administración General del Estado, con rango de Jefe de Demarcación o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
    9. Una persona representante de la Dirección General competente en materia de marina mercante de la Administración General del Estado, con rango de Subdirector o equivalente, a propuesta de la personal titular de dicha Dirección General.
    10. Cuatro representantes de las asociaciones u organizaciones representativas del sector acuícola andaluz que acrediten una representación mínima de sus asociados equivalente al 30% de la producción acuícola andaluza. La asignación de estas vocalías se realizará de forma proporcional a la producción que cada una de estas asociaciones u organizaciones acredite respecto a la producción total andaluza.
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